miércoles, 28 de noviembre de 2012

El IMSS expide el Reglamento en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución


En el DOF del 20 de noviembre de 2012, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó el Reglamento de la Ley del Seguro Social (LSS), en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución, el cual entró en vigor a partir del 21 de noviembre del presente año.

El Reglamento en comento tiene por objeto establecer las normas reglamentarias del segundo párrafo del artículo 291 de la LSS, relativas a la administración y enajenación de los bienes muebles e inmuebles que el IMSS, en su carácter de organismo fiscal autónomo, se adjudique con motivo de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).

Por tanto, ese ordenamiento no será aplicable a los bienes muebles consistentes en valores, de renta fija o variable, que se haya adjudicado el Instituto con motivo de la aplicación del PAE.

Al entrar en vigor el Reglamento se derogaron todas las disposiciones de carácter administrativo que se oponen al mismo.

De igual manera, las disposiciones del Reglamento serán aplicables a todos los bienes que, a la fecha de su entrada en vigor (21 de noviembre), se hubieran adjudicado a favor del Instituto con motivo de la aplicación del PAE, y no hayan sido enajenados conforme al artículo 291 de la LSS.

Fuente: DOF



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