miércoles, 14 de noviembre de 2012

Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la elección de los nuevos Ministros de la SCJN


Acuerdo de la Mesa Directiva del Senado de la República por el que se establece el procedimiento para la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

(Recuperado de la versión estenográfica de la sesión del 13/XI/2012. Pleno del Senado)

(…)

Pasando a otro asunto, solicito a la Secretaría dé lectura a un acuerdo que esta Mesa Directiva ha suscrito, por el que se establece el procedimiento para la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Acuerdo de la Mesa Directiva por el que se establece el procedimiento para la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Mesa Directiva, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 66 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, uno, 255 y 257 del Reglamento del Senado de la República, considerando:

Uno.- Que conforme al artículo 96 de la Constitución General de la República el Senado de la República tiene la facultad de designar, previa comparecencia de las personas propuestas por el Ejecutivo Federal, a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Dos. Que para ejercer esa facultad el Senado debe garantizar que las personas designadas cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 95 Constitucional.

Tercero. Que en razón de que las propuestas de ternas enviadas por el Presidente de la República el 11 de octubre pasado resultaron no aprobadas con la mayoría calificada que exige el artículo 96 Constitucional.

Cuarto. Que habrá dos nuevas ternas de candidatos a Ministros de Corte para suplir las vacantes que se generarán a partir del 30 de noviembre por la conclusión del cargo de los Ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Guillermo Iberio Ortiz Mayagoitia.

Quinto. Que el artículo 1º, párrafo II del Reglamento del Senado establece que en lo no previsto en las normas reglamentarias internas se ajustará a las normas complementarias aprobadas por el Pleno del Sendo, a propuesta de los órganos competentes, somete a la consideración del Pleno el siguiente acuerdo:

Primero.- Una vez recibidas las ternas con las propuestas para ocupar las dos vacantes de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que habrá de actualizarse por conclusión del encargo de los Ministros Guillermo Iberio Ortiz Mayagoitia y Sergio Salvador Aguirre Anguiano, el Presidente de la Mesa Directiva las turnará a la Comisión de Justicia. La Mesa directiva ordenará la distribución de los expedientes de cada una de las personas propuestas en las ternas a los senadores.

Segundo.- En la Sesión inmediata siguiente a la recepción de la propuesta de ternas que haga el Ejecutivo Federal los candidatos de cada terna expondrán ante el Pleno de la Asamblea su visión respecto de la impartición de justicia. Las exposiciones tendrán una duración máxima de 20 minutos cada una; las intervenciones se desahogaran conforme al orden de la respectiva terna. Durante las exposiciones de los candidatos no habrá lugar a mociones, preguntas o debates.

El Presidente de la Mesa Directiva tomará las medidas necesarias para garantizar la mayor difusión de la Sesión en la que se realicen las exposiciones y las votaciones para la elección de ministros.

Tercero.- La Comisión de Justicia verificará que las personas propuestas en las ternas cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para tal efecto convocará a las personas propuestas para que comparezcan a responder preguntas a sus integrantes conforme al formato que acuerde la propia Comisión.

Cuarto.- La Comisión de Justicia presentará, a consideración del Pleno del Senado, el dictamen relativo a los requisitos de legibilidad de las personas que integren la terna enviada por el titular del Ejecutivo Federal, se presentará un dictamen por cada terna.
Los dictámenes aprobados por la Comisión se publicarán, junto con los expedientes de los integrantes de la terna, en la Gaceta del Senado por lo menos 24 horas antes de la Sesión en la que se someta a consideración del Pleno.

En la publicación de los expedientes la Mesa Directiva observará las obligaciones en materia de acceso a la información pública y de protección de datos personales.

Quinto.- Una vez aprobados los dictámenes se realizará una votación por cada terna para elegir a quién ocupará el cargo de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la elección se realizará a través de la votación por cédula. La persona que resulte electa rendirá la protesta al cargo en la Sesión inmediata posterior a la elección.

Sexto.- Realizar la designación del Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Presidente de la Mesa Directiva la notificará al Presidente de la República y al de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Séptimo.- En el supuesto de que la primera votación en la terna correspondiente ninguno de los candidatos reúna la mayoría constitucional requerida, se realizará una segunda votación por cédula de manera inmediata, entre ambas votaciones no  habrá lugar a intervenciones o debates.

Octavo.- Si en la segunda votación no se reúne la mayoría constitucional, la terna se tendrá por rechazada, y el resultado se comunicará al Titular del Ejecutivo Federal para que se proceda en términos de lo dispuesto por el párrafo II, del Artículo 96, Constitucional.

Es cuanto, señor Presidente.

(…)

-EL C. SENADOR MIGUEL ROMO  MEDINA (Desde su escaño): Señor Presidente, nada más para hacer una moción  de orden y  rogar se someta a consideración  si está  lo suficientemente discutido este punto.

-EL C. PRESIDENTE CORDERO ARROYO: Muy bien.
Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica si es de aprobarse el acuerdo presentado.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Consulto a la Asamblea, en votación económica si es de aprobarse el acuerdo.

-Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano.  (La Asamblea asiente)

-Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

-Aprobado el acuerdo, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE CORDERO ARROYO: Aprobado el acuerdo por el que se establece el procedimiento para la elección de Ministros para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Publíquese.

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