2a./J.
112/2012 (10a.)
COSA
JUZGADA REFLEJA. NO ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO
73, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE AMPARO. En términos del precepto invocado, la cosa juzgada que actualiza
la improcedencia del juicio de amparo exige de manera estricta la concurrencia
de los supuestos consistentes en que: 1) El acto reclamado en determinado
juicio de amparo verse o involucre un acto o una ley que hubiera sido materia
de una ejecutoria emitida en otro; y, 2) Los juicios respectivos hubieran sido
promovidos por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por el propio
acto reclamado, aunque las violaciones constitucionales sean diversas. De ese
modo, si la llamada cosa juzgada refleja no comparte esos supuestos, porque en
su configuración no existe la concatenación de tales elementos personales y
objetivos, es inconcuso que su prevalencia no actualiza la improcedencia del
juicio de amparo.
Contradicción de tesis 499/2011.- Entre las sustentadas por los
Tribunales Colegiados Primero en Materia Civil del Sexto Circuito, Tercero en
Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito y Primero del Décimo Segundo
Circuito.- 22 de agosto de 2012.- Unanimidad de cuatro votos.- Ausente: José
Fernando Franco González Salas.- Ponente: Luis María Aguilar Morales.-
Secretario: Alejandro Manuel González García.
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