Presentación en ppt sobre los “Organismos Internacionales de Protección y Defensa de los Derechos Humanos”; aquí el archivo que contiene el material:
Estos son algunos temas desarrollados en el trabajo:
Consejo
de Seguridad
Vigila
el cumplimiento de lineamientos y cuenta con la facultad de imponer sanciones a
los Estados parte y en caso de necesidad puede intervenir con su ejército
(Cascos Azules).
Tribunal Internacional de Justicia
Se encuentra en La Haya, y
desde 1946 tiene la función jurisdiccional
en materia de derechos humanos.
Funciones
principales:
a)Resolver
por medio de sentencias las disputas que le someten los Estados o el Consejo de
Seguridad (procedimiento contencioso).
b)Emitir
dictámenes u opiniones consultivas, planteadas por la Asamblea General, el
Consejo de Seguridad o las agencias especializadas (procedimiento consultivo).
Idiomas
oficiales: Inglés y francés.
¿Quien
puede recurrir al TIJ?
ØTodos
los Estados parte en el Estatuto de la Corte. (función contenciosa).
ØLa
AG; el C de S; Órganos autónomos y organismos especializados (función
consultiva).
ØNinguna
persona individual física o jurídica podrá recurrir a la Corte (en ninguna
vía).
Magistrados
Está
integrada por 15 magistrados, elegidos por la AG y el Consejo de Seguridad (por
sus méritos y no por su personalidad). Duran en el cargo 9 años y pueden ser
reelegidos.
Los
miembros permanentes del Consejo de Seguridad tienen siempre un Juez en
funciones (Francia, Gran Bretaña, China, Rusia y E. U.)
Secretaría General
Cuenta
con un titular nombrado por la Asamblea General. Su principal misión consiste
en poner a consideración del Consejo de Seguridad, cualquier hecho que pueda
turbar la paz y seguridad en el mundo.
Organismos Especializados
•Organización
Internacional del Trabajo (OIT)
•Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)
•Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)
•Banco
Mundial (BM)
•Fondo
Monetario Internacional (FMI)
Organismos Especializados
•Organización
de la Aviación Civil Internacional (OACI)
•Unión
Internacional de Telecomunicaciones (UIT)
•Organización
Meteorológica Mundial (OMM)
•Organización
Marítima Internacional (OMI)
•Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
•Fondo
Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA)
•Organización
de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial(ONUDI)
•Organismo
Internacional de Energía Atómica (OIEA),
autónomo en el marco de las Naciones Unidas
INSTRUMENTOS
DE PROTECCIÓN DEL SISTEMA UNIVERSAL
Carta
de las Naciones Unidas
Estatuto
de la Corte Internacional de Justicia
Carta
Internacional de Derechos Humanos:
ØDeclaración
Universal de Derechos Humanos
ØPacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos
ØPacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales u Culturales
Declaración
Universal de los Derechos Humanos
Adoptada
y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III) de 10 de
diciembre de 1948, como ideal de respeto a los derechos y libertades del
hombre, y garantizando la igualdad; la libertad; la vida; la seguridad; el
trato digno; la personalidad jurídica; la presunción de inocencia; libertad de
tránsito; de expresión,
de pensamiento, de conciencia y de religión;
derecho al asilo; a la nacionalidad; al matrimonio; a la propiedad; a la
libertad de reunión; derecho a participar de la vida política y cultural de su
país; derecho a la seguridad social; al trabajo, descanso y tiempo libre; nivel
de vida adecuado; atención especial para la maternidad y la infancia; derecho a
la educación; y en general, a todos y cada uno de los derechos que proclama la
propia Declaración en sus 30 artículos.
PACTO
INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Adoptado por la Asamblea General
en su resolución 2200 A (XXI) el 16 de diciembre de 1966. Vinculación de México
el 23 de marzo de 1981, y entró en vigor el 23 de junio de ese año.
Este Pacto, crea las condiciones
que permiten a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, sin
distinción de ninguna índole (raza, sexo, idioma, religión, opinión política,
etc.,) y es obligatorio para todos los Estados parte.
PACTO
INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Adoptado por la Asamblea General
en su resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966. Vinculación de
México, 23 de marzo de 1981 y entró en vigor el 23 de junio del mismo año.
Este instrumento crea las
condiciones necesarias que permitan a cada persona gozar de sus derechos
económicos, sociales y culturales.
Los Estados parte se comprometen
a tomar medidas, incluso legislativas y de cooperación, para garantizar el
ejercicio de los derechos enunciados en el presente Pacto.
DERECHOS
QUE TUTELA EL PIDESC
Derecho
al trabajo, con orientación y formación técnico-profesional, y en condiciones
equitativas y satisfactorias.
Derecho
a fundar sindicatos o afiliarse a alguno de su elección.
Derecho
de los sindicatos a formar federaciones y confederaciones, nacionales e
internacionales.
Derecho
a la huelga.
Derecho
a la seguridad social, reiterando que, a toda la familia se le debe
proporcionar la más amplia protección y asistencia posibles; de manera especial
a la maternidad e infancia.
Derecho
a nivel de vida adecuado alimentación y salud física y mental).
Derecho
a la educación, fortaleciendo el respeto por los derechos humanos y libertades
fundamentales.
Derecho
a participar de la vida cultural, y
Derecho
a gozar de los beneficios del progreso científico y literario.
La ONU y los Derechos Humanos
El Sistema de Naciones Unidas
para la promoción y la protección de derechos humanos está integrado por 2
tipos de órganos, los que se originaron por la Carta de las Naciones Unidas,
y los que se instauraron para supervisar
el cumplimiento de los tratados
internacionales de
derechos humanos
La ONU y los Derechos Humanos
Los que se originaron por la
Carta de las Naciones Unidas:
El
Consejo de Derechos Humanos.
El
Comité de Derechos Humanos.
Procedimientos
Especiales de la Comisión de DH.
Subcomisión
para la Protección y Defensa de los DH.
El
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los DH
Consejo
de Derechos Humanos
b)Creado
el 9 de mayo de 2006, mediante la Resolución A/RES/60/251 de la Asamblea
General y entró en funciones el 19 de junio de ese año, con el fin de
reemplazar a la Comisión de Derechos Humanos, como un órgano mejor organizado y
más efectivo.
El
Consejo de Derechos Humanos, es
el principal foro de la ONU para el diálogo y la cooperación internacional en
materia de derechos humanos. Su atención está concentrada en ayudar a los
Estados miembros a cumplir con sus obligaciones en esta materia, por medio del
diálogo, el desarrollo de capacidades y la asistencia técnica.
El
Consejo de Derechos Humanos, también hace recomendaciones a la Asamblea General
para impulsar un mayor desarrollo del derecho internacional en el campo de
los derechos humanos, y es el
responsable de promover el respeto universal por la protección de todos los
derechos humanos y
libertades fundamentales de
todas las personas, sin distingo de ningún tipo y de una manera justa y
equitativa.
Composición
Está
formado por 47 Estados, elegidos por mayoría absoluta de la Asamblea General.
De
América Latina y el Caribe forman parte: Argentina, Brasil, Ecuador, Guatemala,
Perú, Uruguay, México y “Cuba”.
(Duran 3 años en funciones pudiendo ser electos hasta por 2 períodos
consecutivos).
Estructura
Está
formado por:
Un Presidente
4 Vicepresidentes
Estados miembros
Es
un órgano de expertos independientes (18 en total) que supervisa la aplicación
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados partes
y actúa con base en el mismo Pacto y en su correspondiente Protocolo
Facultativo:
Cualquier particular puede pedir
explicaciones al Estado de que se trate, siempre que dicho Estado sea parte del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos
Este puesto se estableció en 1993
y tiene por objeto, fortalecer el mecanismo de los derechos humanos en el seno
de la ONU. Tiene su sede en Palais des Nations, Suiza.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos (ACNUDH) es el principal funcionario de las Naciones Unidas, responsable
de los derechos humanos y rinde cuentas al Secretario General.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos
Trabaja
con una amplia gama de actores, incluidas las organizaciones no
gubernamentales, instituciones académicas y el sector privado, para conseguir
el mayor compromiso posible en relación con los derechos humanos.
Promueve
la educación en materia de derechos humanos e intenta estimular la prevención,
así como la asunción de nuevos retos.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos
El
Alto Comisionado tiene la función de integrar los conceptos y las normas de DH
en todos los ámbitos de la Organización, además de que proporciona servicios de
apoyo al Consejo de DH y a la Subcomisión en sus respectivas reuniones y
durante el seguimiento de sus mandatos.
También
ofrece trabajos de investigación, informes periciales, asistencia consultiva y
servicios administrativos de alta calidad a los principales órganos de las
Naciones Unidas, relativos a la protección de los derechos humanos.
.
OTROS
ORGANISMOS DE LA ONU (Superviores)
Comité
contra la Tortura
Comité
de las Naciones Unidas para la eliminación de la Discriminación Racial.
Comité
para la Eliminación de todas formas de Discriminación en Contra de la Mujer.
Grupos
de trabajo
Relatores
especiales.
Relatoría
Especial para la Libertad de Expresión.
La
funciones principales del Relator Especial para la Libertad de Expresión son:
-Elaboración
de informes generales e informes especiales temáticos,
-Creación
de una red hemisférica para la protección de la libertad de expresión;
-Realización
de visitas a los Estados miembros de la OEA a fin de monitorear en éstos la
situación de la libertad de expresión;
-Promoción
del derecho a la libertad de expresión en los países miembros de la OEA.
Relatoría
especial sobre los Derechos de la Mujer.
En este caso la Comisión ha
designado a uno de sus Comisionados para que realice el seguimiento de los
problemas y situaciones que afectan los derechos de la mujer en el continente
americano a objeto presentar informes anuales que se incluyen en el Informe
Anual de la Comisión Interamericana.
Relatoría
especial sobre los Derechos de la Mujer.
•Objetivos básicos
•Identificación
e intercambio de mejores prácticas en la región con respecto al acceso de la
mujer a la justicia.
Análisis
de los desafíos actuales que enfrentan los países de la región en esta esfera.
Formulación
de recomendaciones destinadas a fortalecer las prácticas óptimas y superar los
obstáculos.
Fomento
de la conciencia regional acerca de las garantías y mecanismos que ofrece el
sistema interamericano de derechos humanos para la protección de los derechos
de la mujer.
Supervisión
y prestación de la asistencia técnica que soliciten los Estados miembros en la
implementación en la legislación y la práctica nacionales de las
recomendaciones.
Relatoría
sobre Derechos de los Pueblos Indígenas
Su función es examinar y analizar
la situación de los pueblos indígenas en el continente americano
Su objeto impulsar, sistematizar,
reforzar y consolidar las acciones que la CIDH ya venía realizando
Relatoría
sobre los Derechos del Niño.
Su función consiste en realizar
un seguimiento de la situación de los niños en la región.
Competencia
Consultiva, ¿Quién puede presentarla?
¿Quién puede acudir ante la Corte?
Procedimiento ante la Corte
Medidas
o providencias precautorias o cautelares
Procedimiento ante la Corte
Procedimiento ante la Corte
Documentos básicos en materia de Derechos
humanos en el Sistema Interamericano.
DECLARACIÓN
AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE
CONVENCIÓN
AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
PROTOCOLO
ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA EN MATERIA DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES
Y CULTURALES "PROTOCOLO DE SAN SALVADOR"
PROTOCOLO
A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS RELATIVO A LA ABOLICIÓN DE LA
PENA DE MUERTE
Documentos básicos en materia de Derechos
humanos en el Sistema Interamericano.
CONVENCIÓN
INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA
CONVENCIÓN
INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS
CONVENCIÓN
INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA
MUJER, "CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ"
CONVENCIÓN
INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Documentos básicos en materia de Derechos
humanos en el Sistema Interamericano.
CARTA
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
CARTA
DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA
DECLARACIÓN
DE PRINCIPIOS SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN
PRINCIPIOS
Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD EN
LAS AMÉRICAS
Documentos básicos en materia de Derechos
humanos en el Sistema Interamericano.
ESTATUTO
DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
REGLAMENTO
DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
ESTATUTO
DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
REGLAMENTO
DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
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