miércoles, 5 de diciembre de 2012

Ordena SCJN autorizar bodas gays


Las parejas, dos de mujeres y una de hombres, podrán registrar sus uniones una vez que los jueces que llevaron los amparos reciban notificaciones
La Suprema Corte de Justicia amparó hoy a tres parejas homosexuales de Oaxaca, que se convertirán en los primeros matrimonios entre personas del mismo sexo autorizados en México por orden judicial.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte falló en favor de dos parejas de mujeres y una de hombres, que habían buscado oficializar su matrimonio ante el Registro Civil de Oaxaca, donde fueron rechazados al no estar contempladas este tipo de uniones por la legislación estatal.

Los ministros declararon inconstitucional una porción del artículo 143 del Código Civil de Oaxaca, que dice: "el matrimonio es un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida".

Para la Corte, la noción de que el objetivo del matrimonio consiste en "perpetuar la especie", es violatoria de la garantía Constitucional de igualdad, y de los derechos a la autodeterminación y libre desarrollo de las personas, amén que da trato diferenciado a los homosexuales al excluirlos de la posibilidad de acceder a este tipo de enlace.

Por lo que toca a la expresión "un solo hombre y una sola mujer", la Primera Sala consideró que se debe hacer una interpretación conforme, es decir, sin declararla inconstitucional, la autoridad respectiva tiene que aplicarla pero interpretada en el sentido de que se refiere a "dos personas".

Las parejas amparadas podrán registrar sus uniones como matrimonios una vez que los jueces de distrito de Oaxaca que llevaron los amparos reciban notificación de la Corte sobre las versiones finales de sus sentencias, trámite que puede tomar varias semanas.

Los tres amparos permitirán a la Primera Sala aprobar tesis aisladas, que no serán obligatorias para los oficiales del Registro Civil de los 31 estados del país, que no permiten las bodas entre homosexuales, pero que sí impondrán el criterio a seguir por los jueces federales que conozcan de amparos contra dichos oficiales cuando se nieguen a oficializar este tipo de matrimonios.

Estos casos fueron totalmente distintos al aval de la Corte a la legalización de las bodas gay en el Distrito Federal en agosto de 2010.

Cuando los ministros votaron ese tema, dichas bodas ya se estaban celebrando sin obstáculos al amparo de la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa capitalina, mientras que en el caso de Oaxaca, el Poder Judicial Federal es el que esta ordenando al Registro Civil dar validez a uniones no contempladas por la ley.

Fuente: Reforma 

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