martes, 17 de julio de 2012

CONVOCATORIA para integrar la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los Organos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil trece.


CONVOCATORIA para integrar la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los Organos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil trece.

DOF 13/07/2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.

CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE PERSONAS QUE PUEDEN FUNGIR COMO PERITOS ANTE LOS ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL TRECE.
La Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81, fracción XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 42, fracción XVII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y 5, 6, 7, 8, 12, 16 y 21 del Acuerdo General 16/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración de la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
La lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación,correspondiente al año dos mil trece, se elaborará conforme a las siguientes:
BASES
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- PERSONAS A LAS QUE SE DIRIGE, EN FUNCION DE LAS NECESIDADES INSTITUCIONALES. Podrán participar todas las personas que estén capacitadas para formular dictámenes en cualquier área de la ciencia, técnica, arte u oficio necesarios para el auxilio de la administración de justicia. Los expertos que integren la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación por tal hecho no adquieren el carácter de servidores públicos del Consejo de la Judicatura Federal y su registro no otorga certificación alguna de sus conocimientos.
SEGUNDA. MATERIAS O AREAS DEL CONOCIMIENTO EN LAS QUE SE PODRA PARTICIPAR. Podrán participar en la presente convocatoria los expertos en aquellas áreas del conocimiento necesarias para el auxilio de los jueces y magistrados federales; así como, en traducción e interpretación de lenguas indígenas y de señas y símbolos. Para el presente procedimiento se excluyen, las especialidades de traducción inglés y contabilidad para el Primer Circuito Judicial (Distrito Federal). Los profesionistas que se encuentran registrados en dichas especialidades en la lista de peritos correspondientes a dos mil doce, podrán remitir su solicitud de renovación.
Los expertos intérpretes en idiomas en lenguas extranjeras podrán participar en el presente procedimiento para todos los circuitos judiciales.
TERCERA.- CONTINUIDAD DE LAS PERSONAS QUE INTEGRARON LA LISTA EN EL AÑO DOS MIL DOCE. Las personas integrantes de la Lista, incluyendo los expertos registrados en contabilidad y traducción de inglés, cuya vigencia concluye en dos mil doce y que deseen continuar formando parte de ella, deberán presentar la siguiente documentación:
a) Escrito en el que manifiesten dicha intención, conforme al formato que se publique. En el caso, de los expertos en lenguas extranjeras deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, si son intérpretes, traductores o ambas cosas, a efecto de señalar dicha circunstancia en la lista definitiva que se publique;
b) Constancias de estudios, cursos o talleres, que muestren su actualización en la materia en que se encuentran inscritos, conforme a lo establecido en la Base Quinta, fracción VIII de esta convocatoria;
c) Informe de su intervención ante los órganos jurisdiccionales federales durante el año inmediato anterior; y,
d) Toda aquella documentación que actualice la información inicialmente proporcionada.
En caso de que los integrantes de la lista cuya vigencia concluye, deseen ser inscritos en alguna especialidad o materia distinta a la que se encuentran registrados, deberán cumplir con el procedimiento señalado en las Bases Cuarta y Quinta de la presente convocatoria.
Los aspirantes a renovar su registro deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, tener disposición para colaborar con el Poder Judicial de la Federación, cuando éste así lo requiera y en el lugar en que se necesite.
INFORMACION DE LOS ASPIRANTES
CUARTA.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.
I.-Tener título en el arte, ciencia o técnica en la materia en la que desee registrarse, en el caso de que estén legalmente reglamentados. En este supuesto, será necesario tener un mínimo de cinco años de ejercicio profesional, el cual se contará a partir de la expedición de la cédula personal con efectos de patente para el ejercicio correspondiente, por parte de la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública; o del documento que avale sus conocimientos por la autoridad
gubernamental, federal o estatal, competente. El registro corresponderá a la materia que avale el título de licenciatura, especialidad, maestría o doctorado que se exhiba;
II.- Tener conocimientos relacionados con el arte, ciencia o técnica respectiva, en caso de que no estén legalmente reglamentados. El registro corresponderá a la materia que avale el documento que se exhiba para acreditar dichosconocimientos. Tratándose de disciplinas de reciente aplicación, estén o no reglamentadas, el tiempo mínimo de su ejercicio, deberá ser igual al tiempo en que inició su aplicación, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos que se prevén en esta convocatoria;
III.- En los supuestos a que se refieren las fracciones anteriores, se deberá acreditar la dedicación cotidiana a las actividades vinculadas a las áreas del conocimiento en que se solicita el registro.
IV.- Gozar de buena reputación y tener un modo honesto de vivir;
V.- No haber sido condenado, mediante sentencia ejecutoriada, por delito doloso que merezca pena privativa de libertad;
VI.- No estar activo en el servicio público; y,
VII.- En el caso de quien se haya desempeñado como servidor público, no haber sido sancionado administrativamente por los órganos de los Poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo federales o estatales, por la comisión de alguna falta grave
QUINTA.- DOCUMENTACION. Los interesados en formar parte de la Lista deberán de presentar, engrapada y en el orden que se señala, sólo los documentos siguientes:
I.- Solicitud, en el formato aprobado, que contendrá:
a)    El área del conocimiento en la que desea se le registre, conforme a las especificaciones determinadas en la presente convocatoria;
b)    Los motivos por los que desea formar parte de la Lista;
c)    Bajo protesta de decir verdad:
1. No haber sido condenado por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada, que merezca pena privativa de libertad;
2. No haber sido sancionado administrativamente por los órganos de los Poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo federales o estatales, por la comisión de alguna falta grave;
3. No desempeñarse como servidor público; y,
4. Tener disposición para colaborar con el Poder Judicial de la Federación, cuando éste así lo requiera y en el lugar en que se necesite.
II.- Información curricular actualizada en la que deberá indicarse:
a)    Nombre completo.
b)    Fecha de nacimiento.
c)    Nacionalidad. En el caso de extranjeros, deberán exhibir copia certificada del documento que acredite su calidad migratoria compatible para laborar en el país. Los mexicanos por naturalización deberán acompañar copia certificada del documento que así lo avale;
d)    Estado civil;
e)    Domicilio particular y de oficina;
f)     Teléfonos de oficina y de domicilio;
g)    Estudios realizados; y,
h)    Empleos o actividades desempeñadas. Para el caso de aspirantes cuyo último empleo fue en el servicio público, deberán adjuntar copia certificada del aviso de baja. Los aspirantes en este supuesto que obtengan su registro, deberán observar lo dispuesto en los artículo 8 y 9 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
III.- Una fotografía tamaño infantil de fecha reciente, rotulada en el reverso con su nombre;
IV.- Dos cartas de personas que lo conozcan y avalen su conducta y solvencia moral (no familiares);
V.- Dos cartas de personas o instituciones a las que haya prestado sus servicios, en las que se manifieste la opinión sobre la calidad de los mismos;
Las cartas a que se refieren esta fracción y la anterior, deberán ser contemporáneas a la fecha de publicación de la convocatoria y señalar los datos personales de quienes las expidan, dentro de los cuales se indicarán, al menos, dirección, teléfono, y en su caso, correo electrónico;
VI.- Copia certificada del título y cédula profesional; o bien, documento que avale sus conocimientos expedido o con el reconocimiento por la autoridad gubernamental, federal o estatal, competente; estos
documentos deberán estar vinculados a la materia o áreas del conocimiento respecto de las cuales se solicita el registro por los aspirantes.
Las copias certificadas que se acompañen a las solicitudes a que se refiere la presente fracción, deberán ser expedidas por notario público; y en el caso de documentos expedidos por autoridades extranjeras, deberán estar apostillados y acompañar la traducción que corresponda; requisito último que también deberá observarse respecto de documentos expedidos por autoridades nacionales en otros idiomas;
VII.- Copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal y constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (documento en el que se especifican las actividades en las que el solicitante se encuentra registrado ante la autoridad fiscal) y en su caso, último aviso de cambio de domicilio. No se aceptará la impresión de la consulta electrónica al Sistema en Materia Tributaria INFOSAT; y,
VIII.- Copia certificada de constancias de estudios, cursos o talleres, que muestren una permanente actualización en la materia en la que desean inscribirse (abstenerse de presentar dictámenes, credenciales que los acrediten como peritos, emitidas por colegios de profesionistas o instituciones, o constancias de estudios que no cuentan con reconocimiento de validez oficial).
SEXTA.- DE LOS FORMATOS DE SOLICITUD. Las solicitudes deberán presentarse en los formatos de nuevo ingreso y renovación de registro que estarán a su disposición en la página de Internet www.cjf.gob.mx.
La falta de cualquiera de los documentos o que éstos no se presenten con los requisitos señalados, será suficiente para desechar la solicitud.
PROCEDIMIENTO
SEPTIMA.- LUGAR Y PLAZO PARA LA PRESENTACION DE SOLICITUDES Y DOCUMENTOS. Durante los días hábiles de la primera quincena del mes de agosto del año dos mil doce, se recibirán las solicitudes dirigidas a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la documentación de quienes deseen formar parte de la lista o continuar en ella, en la Oficialía de Partes del Consejo de la Judicatura Federal, sita en Avenida Insurgentes Sur, número 2417, Planta Baja, Colonia San Angel, Delegación Alvaro Obregón, Código Postal 01000, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
Las solicitudes acompañadas de la documentación podrán ser enviadas por mensajería o correo ordinario a la dirección antes citada, tomándose como fecha de ingreso la que señale el sello de recepción de la Oficialía de Partes.
Las gestiones vinculadas al proceso de selección serán personales, por lo que sólo podrán llevarse a cabo por el interesado, excepto la entrega de solicitudes y documentación, la cual podrá ser hecha por un tercero sin necesidad de carta poder.
La recepción extemporánea de las solicitudes y documentación será suficiente para desechar la solicitud.
OCTAVA.- EVALUACION DE LA DOCUMENTACION. A partir de la segunda quincena de agosto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos procederá al análisis de la documentación presentada por los aspirantes, estando facultada para realizar cuanta gestión sea necesaria ante cualquier persona, instituciones públicas o privadas para corroborar la veracidad de la información y documentación presentadas por los aspirantes y procederá a formar la lista preliminar que será aprobada por la Comisión de Carrera Judicial.
NOVENA.- DE LA PUBLICACION DE LA LISTA PRELIMINAR. La lista preliminar, se publicará en la segunda quincena de octubre, en los tableros de los edificios de los órganos jurisdiccionales, así como en dos diarios de circulación nacional o locales, según corresponda, y en el portal de Internet del Consejo www.cjf.gob.mx, dicha publicación tendrá efectos de notificación.
DECIMA.- DE LAS OBSERVACIONES DE LOS TITULARES DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES. La Dirección General de Asuntos Jurídicos enviará la lista preliminar a los titulares de los órganos jurisdiccionales federales para el efecto de que los mismos manifiesten sus comentarios y observaciones respecto de las personas que la integran, que pudieran constituir un impedimento para su registro. Los comentarios u observaciones que en su caso se formulen, deberán hacerse del conocimiento de la Comisión previamente a la publicación de la Lista definitiva, para que la misma tome las decisiones pertinentes.
DECIMA PRIMERA.- PLAZO PARA EMITIR OBSERVACIONES RESPECTO DE LA INTEGRACION DE LA LISTA PRELIMINAR.Dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista preliminar en dos diarios de circulación nacional y en el portal de Internet del Consejo www.cjf.gob.mx los interesados no considerados en ésta, podrán solicitar la información de los motivos de dicha situación.
En igual plazo podrá, cualquier persona, formular las observaciones documentadas que estime pertinentes con relación a los integrantes de la lista preliminar.
 
Las solicitudes u observaciones deberán dirigirse de manera comedida, respetuosa y por escrito, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, si las mismas son presentadas una vez concluido el plazo de referencia, sólo se agregarán al expediente personal.
DECIMA SEGUNDA.- RESOLUCION DE LAS OBSERVACIONES. Las observaciones y solicitudes de información que sean presentadas serán resueltas por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en la primera semana del mes de noviembre, las cuales se notificarán a los peticionarios, según se acuerde, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo.
DECIMA TERCERA.- DE LAS EXCLUSIONES DE LA LISTA PRELIMINAR. En caso de que se determine alguna exclusión de la lista preliminar con motivo de las observaciones presentadas, la Dirección General de Asuntos Jurídicos procederá a informar a los aspirantes que se ubiquen en ese supuesto, quienes podrán ejercer el derecho a que se refiere el primer párrafo de la base Décima Primera.
DECIMA CUARTA.- APROBACION, PUBLICACION DE LA LISTA DEFINITIVA Y SU VIGENCIA. Durante la segunda quincena de noviembre la Comisión de Carrera Judicial aprobará la lista definitiva para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal de Internet del Consejo, la cual tendrá vigencia del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece.
DECIMA QUINTA.- PLAZO PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION DE DOCUMENTOS. Los aspirantes que no sean considerados para integrar la lista definitiva, podrán solicitar la devolución de sus documentos en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de su publicación, la cual tiene efectos de notificación. Transcurrido dicho plazo se procederá a la destrucción de la documentación.
DECIMA SEXTA.- DE LO NO PREVISTO EN ESTA CONVOCATORIA. Las situaciones no previstas en la presente Convocatoria, serán decididas por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese esta Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en dos diarios de circulación nacional.
SEGUNDO.- Publíquese esta convocatoria y sus anexos en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal(www.cjf.gob.mx).
TERCERO.- Publíquese la presente Convocatoria y sus anexos en los estrados de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación.
EL MAGISTRADO EDWIN NOE GARCIA BAEZA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que la presente convocatoria para integrar la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil trece, fue aprobada por laComisión de Carrera Judicial en sesión de esta fecha, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente César Esquinca Muñoa, Juan Carlos Cruz Razo y César Alejandro Jáuregui Robles, México, Distrito Federal, a tres de julio de dos mil doce.- Conste.- Rúbrica.

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