viernes, 6 de febrero de 2015

Sentencia que concede amparo al NP 21 de SLP

Sentencia de amparo dictada por el Juzgado Tercero de Distrito dentro del juicio de amparo 198/2014, al tenor siguiente:

La Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE a **********, contra los actos que reclama del Gobernador Constitucional, Director del Notariado, Director del Periódico Oficial, y Director General del Registro Público de la Propiedad, todos del Estado de San Luis Potosí, consistentes, en el ámbitos de sus respectivas competencias, en la orden de suspensión temporal de patente de notario de veintisiete de agosto del dos mil catorce, su ejecución y consecuencias, cuyo efecto inmediato y directo es la insubsistencia jurídica de la orden de suspensión temporal de patente de notario de veintisiete de agosto del dos mil catorce y, por ende, su ejecución y sus consecuencias, consistentes en la orden de notificación de dicha medida, la publicación en el Periódico Oficial del Estado, el registro del acuerdo de suspensión en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad del Estado y en la Secretaría del Consejo Directivo del Colegio de Notarios, así como la desposesión de la ********** ********** y del protocolo a su cargo, y todos los actos que derivaron de esa resolución, por ser fruto de un acto viciado de origen.

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