lunes, 8 de abril de 2013

Proponen crear juzgados infantiles


Creación de Ministerios Públicos, juzgados y tribunales especializados en materia de niñez y adolescencia son algunas de las propuestas que la Cámara de Diputados analiza sobre la Ley General para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
En el capítulo dedicado a las instituciones de procuración e impartición de justicia, que impulsa la Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara baja, se estipula que estos MPs especialistas intervendrán siempre que una procuraduría tenga conocimiento de un delito en el que haya víctimas menores de edad.
"Acompañamiento emocional especializado y asesoría jurídica a la víctima menor de edad desde que la Procuraduría de Justicia Federal, Estatal o del Distrito Federal tenga conocimiento de los hechos, informándole sobre su situación, las consecuencias del procedimiento, las declaraciones y pruebas susceptibles de realizarse, las opciones existentes y sobre las decisiones que puede o no adoptar durante el mismo", marca el documento, del que REFORMA posee copia.
También indica que todas las procuradurías, juzgados y tribunales familiares y penales tendrían que contar con espacios y personal especializados en derechos de la infancia, además de que la declaración del menor o exámenes médico y psicológico que se le practiquen sólo se pueden hacer una vez y no deberán repetirse aunque lo pida otro Ministerio Público o juzgado.
Para proteger las garantías del menor, también prevé que sea separado de quien haya delinquido en su contra.
"En materia penal, cuando las niñas, niños y adolescentes son víctimas de un delito: Está prohibido el careo entre una víctima menor de edad y su presunto agresor o presuntos colaboradores en el delito", señala.
Si el ataque fue por parte de alguien con quien vive, se podrá dictar que esa persona desocupe el hogar o sea detenida, o se le preguntará al niño si quiere permanecer en su domicilio, realizando sus actividades cotidianas -siempre que no haya un riesgo-, o si prefiere irse, para lo cual se daría preferencia a que esté con familiares cercanos y, en última instancia, en alguna institución de acogida.
INFRACTORES
La iniciativa de ley también dispone qué hacer cuando el menor sea presunto infractor de la ley.
En primer lugar, el DIF tendrá que investigar la situación familiar del acusado; en segundo lugar, dejar claro que el procedimiento deberá ser oral y acusatorio y las medidas determinadas no ser vistas como castigo.
"El internamiento de una niña, niño o adolescente que se presuma en la realización de una o varias conductas tipificadas como delito, sólo podrá determinarse por la vía judicial conforme al procedimiento de garantía de sus derechos estipulados en el Título IV de esta Ley, en función de la necesidad de restitución de derechos de la niña, niño o adolescente y no como respuesta o sanción por el delito cometido", especifica.
Podrán ser remitidos al Sistema de Justicia para Adolescentes, aplicable desde los 12 años, aunque sólo se les puede privar de la libertad entre los 14 y los 18.
Preferentemente se aplicarán medidas no privativas, en especial si el adolescente tiene hijos o dependientes económicos, y si es mujer con bebés se les permitirá mantenerlos.
Derechos protegidos
La iniciativa de Ley General para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes contempla:
· Creación de Ministerios Públicos, juzgados y tribunales especializados en materia de niñez y adolescencia.
· Espacios y personal especializados en derechos de la infancia.
· La declaración del menor o exámenes médico y psicológico sólo se podrán hacer una vez.
· Separarlo de quien haya delinquido en su contra.
· Queda prohibido el careo entre una víctima menor de edad y su presunto agresor.
Si es infractor:
· Investigar la situación familiar del acusado
· Su procedimiento deberá ser oral y acusatorio.
Fuente: Reforma

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