12/2004, fallada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Estudio aparecido en la Revista del Instituto Judicatura Federal.
SUMARIO: I. El sustento constitucional de la cosa juzgada y su posible mutabilidad. II. El dolo como vicio de nulidad. Artículo 737 A, fracciones I y VI. III. Pruebas falsas, supuesto de nulidad de juicio concluido en el numeral 737 A, fracción II, párrafo primero. Legitimación para ejercer la acción de nulidad de juicio concluido, prevista en el artículo 737 B. IV. Supuestos contenidos en los artículos 737-C al 737-K. V. Vista al Ministerio Público, debido a la probable falsedad de declaraciones de los peritos. Artículo 349.
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