martes, 23 de abril de 2013

La SCJN avala que el tiempo extraordinario superior a nueve horas se pague con un 200% del salario


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por unanimidad, la contradicción de tesis 75/2013 suscrita entre Tribunales Colegiados de Circuito, al determinar que el tiempo de trabajo extra que exceda nueve horas a la semana de la jornada laboral, debe pagarse al 200% más del salario ordinario del trabajador que acepta prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Federal del  Trabajo (LFT).
 
En sus argumentos, los ministros expusieron que el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) permite la prolongación de la jornada laboral por circunstancias extraordinarias, fijando un límite máximo de tres horas diarias y tres días a la semana, con un pago del 100% de lo que corresponda a la retribución de las horas normales.

Así, cuando el empleado acepte prestar sus servicios por un tiempo superior al permitido, lo podrá hacer y, en ese caso, acorde con la LFT, el patrón tendrá que retribuir las horas extras laboradas que excedan de nueve horas a la semana, con un 200% más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria. 

Fuente:
El Universal.com.mx

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