martes, 23 de abril de 2013

Estudio del Tec demuestra que el IDE fracasó como medida de evasión fiscal


Un estudio realizado por el Tecnológico de Monterrey para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) concluyó que la evasión fiscal mediante el uso de efectivo pasó de 73 mil 511 millones de pesos (mdp), lo que representó el 1.07% del Producto Interno Bruto (PIB) en 2002 a 196 mil 267 millones y 1.36% del PIB en 2011. 

Por tanto, Hugo Fuentes, coautor del informe, señaló que el uso del impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) como una medida de control de la evasión fiscal no ha funcionado, razón por la cual recomendaron al SAT su desaparición.

En 2003, la evasión por medio del uso de efectivo fue de 80 mil 668 mdp, equivalente al 1.08% del PIB, y a partir de ahí ha ido en aumento. Este resultado muestra que el efectivo se ha convertido de manera incisiva, del año 2002 a 2011, en un medio de evasión, señala el estudio. Asimismo, se concluye que los esfuerzos tributarios y una mejor fiscalización llevan a que la gente que evadía placenteramente bajo una estrategia, se refugie en el efectivo en la medida que pueda hacerlo.

Según el Tec de Monterrey, México es de los pocos países que utiliza tres mecanismos para combatir la evasión de este tipo: 

(i) límites a las transacciones en efectivo, 

(ii) registro de transacciones en efectivo e 

(iii) impuestos.

De las tres, la que ha sido menos utilizada, llegando a ser eliminada, es la aplicación de impuestos a las transacciones en efectivo, por sus costos en términos administrativos y por el impacto negativo a la gente de más bajos ingresos.

El IDE −de 3% que se aplica a los depósitos en efectivo de más de 15 mil pesos al mes− buscaba que una mayor parte de la población utilizara los servicios financieros, formalizando su situación con el fisco. De esa manera, la institución financiera retiene el impuesto y el contribuyente que recibió esos depósitos puede "recuperar" el monto a través del acreditamiento contra el impuesto sobre la renta (ISR) en su declaración provisional mensual o en la anual.

Fuente:Reforma.com

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