jueves, 21 de febrero de 2013

CONVOCATORIA al decimoctavo concurso interno de oposición para la designación de Jueces en Juzgado de Distrito de Competencia Mixta


CONVOCATORIA al decimoctavo concurso interno de oposición para la designación de Jueces en Juzgado de Distrito de Competencia Mixta.
21/02/2013 DOF
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
CONVOCATORIA AL DECIMOCTAVO CONCURSO INTERNO DE OPOSICION PARA LA DESIGNACION DE JUECES EN JUZGADO DE DISTRITO DE COMPETENCIA MIXTA.
En sesión de treinta de enero de dos mil trece, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 6/2013, que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito, mediante Concursos Internos de Oposición.
En virtud de las necesidades actuales del servicio y la creación de nuevos órganos, que implica la necesidad de la designación de un mayor número de jueces de Distrito, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 94, párrafo segundo, 97 y 100, párrafos primero, séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 68, 81, fracción II, 105, 108, 112, 114, 116 y 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y en el Acuerdo General 6/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito, mediante Concursos Internos de Oposición, emite la siguiente
CONVOCATORIA
PRIMERO. TIPO DE CONCURSO, CATEGORIA Y NUMERO DE PLAZAS SUJETAS A EL. El concurso será interno de oposición para cubrir 70 plazas para Jueces en Juzgado de Distrito de competencia Mixta, conforme a las posibilidades presupuestales del Consejo de la Judicatura Federal.
SEGUNDO. PARTICIPANTES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR. En el concurso podrán participar los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que, al día de la presentación de la solicitud de inscripción, reúnan los siguientes requisitos:
1)    Se encuentren desempeñando alguna de las categorías previstas en el artículo 110, fracciones III a IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, o habiéndolo hecho se encuentren con licencia o comisión para desempeñar diverso cargo en el Poder Judicial de la Federación;
2)    Antigüedad de cuando menos cinco años ininterrumpidos en la carrera judicial, en una o más de las categorías a que se refiere el inciso anterior;
3)    Ser ciudadano mexicano por nacimiento;
4)    No haber adquirido otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
5)    Ser mayor de treinta años;
6)    Gozar de buena reputación;
7)    No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año;
8)    Contar con título de licenciado en derecho expedido legalmente y práctica profesional de cuando menos cinco años; y
9)    Los que se señalan en el Acuerdo General 6/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito, mediante Concursos Internos de Oposición.
TERCERO. LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA INSCRIPCION. Durante los días hábiles comprendidos del 19 al 22 de marzo de dos mil trece, de las nueve a las quince y de las dieciséis a las dieciocho horas, deberán presentar los siguientes documentos:
1)    Formato de inscripción con firma autógrafa, que estará a su disposición en la página web del Instituto de la Judicatura Federal (http://www.ijf.cjf.gob.mx), acompañado de los documentos que se señalan
en los siguientes incisos;
2)    Escrito en el que manifieste el domicilio donde pueda ser localizado o notificado, así como su correo electrónico personal;
3)    Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifieste si es ciudadano mexicano por nacimiento, si cuenta únicamente con nacionalidad mexicana, si se encuentra en pleno ejercicio de sus derechos, y si no ha sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año;
4)    Constancia expedida por la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo, de la Corte o del Tribunal Electoral, en la cual se especifique si en el expediente personal obran en copia certificada: el acta de nacimiento, el título y la cédula profesional; las constancias de quejas o denuncias administrativas formuladas en su contra y el resultado de esos procedimientos; las constancias de antigüedad y de las categorías de la carrera judicial desempeñadas en el Poder Judicial de la Federación; y, en su caso, la relación detallada de los estudios realizados relacionados exclusivamente con el ámbito jurídico, y las constancias que acrediten dichos estudios.
       En caso de que en la constancia expedida por la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo, de la Corte o del Tribunal Electoral se manifieste que en el expediente personal del participante no obra copia certificada del acta de nacimiento, el título o cédula profesional, aquél deberá exhibir y entregar el documento original o en copia certificada ante el Instituto de la Judicatura Federal, antes de que expire el plazo de inscripción.
       Asimismo, en el momento de la inscripción el participante podrá acompañar las constancias de los estudios en el ámbito jurídico que hubiere realizado con anterioridad a la fecha de su inscripción y que de acuerdo a la certificación que expida la Dirección General de Recursos Humanos correspondiente, no obren en su expediente personal.
       El participante cuyo nombramiento concluya durante el periodo de inscripción o en el proceso del concurso, deberá presentar original o copia certificada del documento que acredite la prórroga del nombramiento, signado por el titular del órgano jurisdiccional al que se encuentre adscrito o del nuevo nombramiento de existir cambio de adscripción; y
5)    En caso de no haberse inscrito en los dos concursos inmediatos anteriores, la constancia que acredite su participación y aprobación en la Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de Distrito.
Los documentos mencionados deberán presentarse por el interesado o por un tercero en su nombre, en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal ubicada en calle Sidar y Rovirosa 236, colonia Del Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal.
No se admitirá la presentación de solicitudes o documentos enviados por conducto de empresas de mensajería privada.
CUARTO. VERIFICACION DE LAS SOLICITUDES. El Instituto verificará que las solicitudes contengan todos los datos necesarios, y que estén acompañadas de los documentos requeridos en los incisos 1) al 5) del punto TERCERO de esta convocatoria, sin los cuales las solicitudes serán rechazadas.
QUINTO. FORMA DE PUBLICACION DE LA LISTA DE LOS ASPIRANTES ADMITIDOS AL CONCURSO. El Instituto elaborará la lista de las personas que cumplan con los requisitos para presentarse a la primera etapa del concurso y la enviará a la Comisión de Carrera Judicial para su conocimiento, la que a su vez deberá remitir al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para su aprobación.
La lista de los participantes admitidos al concurso será publicada, una sola vez, para efectos de notificación, en el Diario Oficial de la Federación y, para mayor difusión, en el diario de circulación nacional que hubiese servido como medio de publicación de la convocatoria, así como en la página web del Instituto.
SEXTO. FORMA EN QUE SE IDENTIFICARAN LOS ASPIRANTES. Durante el desarrollo de cada una de las etapas del concurso, los aspirantes deberán identificarse con alguno de los siguientes documentos vigentes y en original: credencial para votar con fotografía, credencial del Poder Judicial de la Federación, pasaporte o cédula profesional.
SEPTIMO. PROHIBICION DE REALIZAR GESTIONES. Publicada la convocatoria y durante el desarrollo del concurso, los participantes deberán abstenerse de realizar trámites, entrevistas o gestiones ante los integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, del Instituto de la Judicatura Federal, del Comité o del Jurado que intervenga en el concurso, en forma personal o a través de terceros. La contravención de esta disposición, ameritará la descalificación inapelable del participante.
OCTAVO. ETAPAS DEL CONCURSO, FORMAS DE EVALUACION Y DECLARACION DE VENCEDORES. Las etapas se llevarán a cabo en los términos previstos en los artículos 7 y del 19 al 54 del Acuerdo General 6/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito, mediante Concursos Internos de Oposición.
De conformidad con lo dispuesto en la fracción II, párrafo segundo, del artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 24, del Acuerdo General 6/2013, pasarán a la segunda etapa del concurso, en sus dos fases, quienes hayan obtenido las más altas calificaciones aprobatorias, que no podrá ser menor a ochenta y cinco puntos, asegurando que el número de los seleccionados sea mayor al de las plazas concursadas.
Si el número de participantes que se encuentren en ese supuesto es igual o menor a setenta, la cantidad de plazas sujetas al concurso se reducirá en la medida que sea necesario para que el número de concursantes sea mayor que el de las plazas concursadas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la ley orgánica antes citada.
NOVENO. CALENDARIO.
ACTIVIDAD
FECHA
1ra. Etapa:
- Solución de un Cuestionario escrito.
15 de abril de 2013
2da. Etapa:
- Solución de un Caso Práctico.
6 de mayo de 2013
Entrega del concentrado de datos y elementos que integran los Factores de Desempeño Judicial.
6 de mayo de 2013
- Examen Oral.
Del 3 al 14 de junio de 2013
- Publicación de la lista de vencedores en el Diario Oficial de la Federación.
27 de junio de 2013

Este calendario podrá ser modificado únicamente por causas que así lo justifiquen.
DECIMO. TEMARIO SOBRE EL QUE VERSARAN EL CUESTIONARIO ESCRITO Y EL EXAMEN ORAL. Será consultable en su oportunidad en la página web del Instituto: www.ijf.cjf.gob.mx.
DECIMOPRIMERO. OBSERVACIONES Y OBJECIONES. De conformidad con los artículos 15, fracción X, y 26 del Acuerdo General 6/2013 del Pleno del Consejo, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al que se publique en el Diario Oficial de la Federación la lista de los concursantes que pasen a la segunda etapa, cualquier persona podrá presentar ante el Instituto de la Judicatura Federal, por escrito y de manera respetuosa, las observaciones u objeciones respecto de alguno o algunos de los participantes incluidos en la lista, debiendo acompañar, en su caso, los documentos que sustenten o corroboren sus afirmaciones.
 DECIMOSEGUNDO. DECLARACION DE VENCEDORES. En términos de lo que señala el artículo 52, último párrafo, del Acuerdo General 6/2013, para la declaración de vencedores se considerará sólo a aquellos participantes que hayan obtenido una calificación final en el concurso, igual o mayor a ochenta puntos; quienes no alcancen esa calificación, no podrán ser designados en el cargo de juez de Distrito.
Cuando el número de aspirantes con calificación final de ochenta puntos o más rebase el número de plazas sujetas a concurso, el Jurado, con fundamento en el artículo 114, fracción III, párrafo segundo, de la Ley, considerará, para efectos de desempate, la antigüedad de cada participante en cada una de las categorías que integran la carrera judicial.
En el supuesto de que subsista el empate, el Jurado procederá de la forma siguiente:
I.     En primer lugar, tomará en cuenta la más alta calificación de las evaluaciones que hayan obtenido los aspirantes en la etapa de oposición (promedio del caso práctico y del examen oral);
II.     En segundo lugar, atenderá a la máxima puntuación de dos de los elementos que integran los factores del desempeño judicial, en el siguiente orden de prelación: carrera judicial y, de ser el caso, la antigüedad en el Poder Judicial de la Federación; y,
III.    En tercer lugar, aplicará acciones afirmativas en materia de equidad de género.
DECIMOTERCERO. NOTIFICACION DE LOS RESULTADOS. La lista definitiva con el resultado final del concurso se publicará, con efectos de notificación a los interesados, en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en los estrados de la sede central del Instituto, en sus extensiones y en su página web, así como en el periódico de circulación nacional en el que se haya publicado la presente convocatoria.
DECIMOCUARTO. FACULTAD DE REVISAR Y VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE LA DOCUMENTACION. El Consejo de la Judicatura Federal tendrá, en todo momento, la facultad de revisar la información que los aspirantes le hubieren proporcionado.
DECIMOQUINTO. NOMBRAMIENTO Y ADSCRIPCION. A los concursantes vencedores del Concurso se les expedirá el nombramiento de juez de Distrito conforme a las necesidades del servicio, iniciando sus funciones a partir de la fecha en que el Pleno determine, previa la protesta constitucional.
DECIMOSEXTO. INSTANCIAS FACULTADAS PARA RESOLVER LAS CIRCUNSTANCIAS NO PREVISTAS. Las circunstancias no previstas en la Ley, en el Acuerdo General 6/2013 o en esta convocatoria, serán resueltas por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, la Comisión de Carrera Judicial, el Comité a que se refiere el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación o el Jurado del concurso, en el ámbito de su competencia, según corresponda.
DECIMOSEPTIMO. CAUSAS DE DESCALIFICACION. Son causas de descalificación de los participantes las señaladas en el artículo 58 del Acuerdo General 6/2013, cuyo contenido es el siguiente:
"Artículo 58. Son causas de descalificación del aspirante:
I.     No alcanzar la calificación suficiente para ser seleccionado en los términos del artículo 114 de la Ley;
II.     Infringir lo dispuesto por el artículo 14 de este acuerdo;
III.    La omisión de datos e información necesaria o la falsedad de cualquiera de las manifestaciones que realice bajo protesta de decir verdad o de cualquier otro documento que se presente con motivo del concurso;
IV.   No presentarse el día, lugar y hora señalados para la realización de los exámenes que integran las diversas etapas del concurso;
V.    La separación por sanción de cualquiera de los cargos de carrera judicial señalados en las fracciones III a IX del artículo 110 de la Ley, sin importar la etapa en que se encuentre el concurso;
VI.   La impresión en los documentos relativos a los exámenes, mediante escritura, dibujo o adherencia, de cualquier seña, figura, signo o nombre no autorizados que pueda servir para identificar al sustentante; y
VII.   La actualización de lo previsto en el artículo 4 de este acuerdo.
El surgimiento de alguna de las causas señaladas en este mismo artículo, traerá como consecuencia la descalificación del aspirante, cualquiera que sea la etapa del concurso en que se dé. Para resolver sobre la descalificación de un concursante por la actualización de una causa, con excepción de la contenida en la fracción I de este artículo que operará de pleno derecho, la Comisión emitirá un dictamen fundado y motivado que elevará al Pleno del Consejo, para su aprobación; si se considera procedente la descalificación, se notificará personalmente dicha resolución al afectado.
La descalificación se decretará sin perjuicio del inicio de los procedimientos de responsabilidad y otros que, en su caso, procedan".
DECIMOCTAVO. La presentación de la solicitud implica, necesariamente, que el aspirante conoce los requisitos exigidos para la inscripción y participación en el concurso, así como su conformidad con ellos.
TRANSITORIO
UNICO. Publíquese la presente Convocatoria por una vez en el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en uno de los diarios de mayor circulación nacional, con un intervalo de cinco días hábiles entre cada publicación, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 114, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y para su mayor difusión en la página web del Consejo de la Judicatura Federal, del Instituto de la Judicatura Federal y del Tribunal Electoral.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que esta Convocatoria al decimoctavo concurso interno de oposición para la designación de jueces de Distrito en materia mixta, fue aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión ordinaria de trece de febrero de dos mil trece, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles y Manuel Ernesto Saloma Vera.- México, Distrito Federal, a trece de febrero de dos mil trece.- Conste.- Rúbrica.

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