martes, 8 de enero de 2013

PRI busca reformar el Artículo 1 de la Constitución


El diputado priísta Francisco Arroyo Vieyra presentó una iniciativa que reforma el Artículo 1 constitucional, con el propósito de “armonizar” el ordenamiento sobre derechos humanos que entró en vigor el 10 de junio de 2011.
En su exposición de motivos señaló que esa reforma es “una de las más importantes y categóricas de los últimos tiempos, pues representa la incorporación del Derecho Internacional de los derechos humanos a nuestra Constitución”.
Recordó que derivado de esta reforma, las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a adaptar sus criterios para la promoción y protección eficaz de las garantías fundamentales.
El legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) mencionó que el Poder Judicial queda obligado a juzgar a la luz de todo el conjunto de normas en materia de derechos humanos, “bajo los principios Pro Persona e interpretación conforme”.
El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados indicó que con esta reforma se crea el llamado Parámetro de Control de la Regularidad Constitucional, cuando se trata de la interpretación y ampliación de los derechos reconocidos en todos los tratados internacionales que sobre esta materia ha firmado México.
No obstante lo anterior, aclaró, el proceso de aplicación ha encontrado dificultades a raíz de una contradicción entre el primer y el segundo párrafo del Artículo 1 Constitucional, refirió el diputado priísta.
Esta contradicción, expuso, debe ser resuelta por el Legislativo para facilitar el trabajo del juez constitucional, que goza de la facultad de interpretar la norma suprema.
Aseguró que de la lectura del párrafo primero se advierte que los derechos humanos previstos en la Carta Magna y en los tratados internacionales no podrán suspenderse ni ser restringidos, “salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece”.
A su vez, el párrafo segundo recoge la figura de “interpretación conforme y principio pro persona”, una interpretación a la luz de todas las normas en materia de derechos humanos signadas por México en el ámbito internacional, en la que las garantías individuales deben ser garantizadas conforme al ordenamiento que más favorezca a la persona.
“Sin embargo éste precepto, de forma aislada, deja a un lado la interpretación integral de realidades y principios previstos para sociedades concretas en las que se interpreta el Derecho, así como las necesidades de regulación de cada Estado, que no significan una merma para los derechos humanos en su conjunto”, expuso.
Por esa razón, señaló Arroyo Vieyra, es imperativo “armonizar al ordenamiento constitucional el principio invocado”.
La iniciativa propuesta para modificar el Artículo 1 de la Constitución señala: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y de los que el Estado Mexicanos sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece” .
Las normas relativas a las garantías fundamentales se interpretarán de conformidad y con los tratados internacionales de la materia, para favorecer en todo tiempo a las personas con la protección más amplia.
De existir una contradicción de principios entre esta Constitución y los tratados internacionales de los que México sea parte, deberá prevalecer el texto constitucional, conforme a lo previsto en su Artículo 133.
Fuente: Universal

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