martes, 22 de enero de 2013

Debate Corte liberar a 100 mil presos


La Suprema Corte de Justicia debate hoy la posibilidad de liberar de prisión a miles de acusados por delitos no violentos que no han sido declarados culpables.
El problema deriva de la reforma de julio de 2011 al artículo 19 de la Constitución, en la que se estableció que la prisión preventiva solo aplicará para ciertos delitos violentos previstos en la propia Carta Magna, con lo que se pone fin al sistema tradicional de catálogos de delitos graves en los códigos penales.
La reforma podría beneficiar a unos 100 mil reos a nivel nacional que estarían en posibilidad de obtener la libertad provisional bajo caución, por tratarse de personas procesadas por robo y delitos patrimoniales menores, estimó el penitenciarista José Luis Mussi.
Esta libertad no implicaría la absolución de los acusados, pero sí el derecho a enfrentar su juicio sin estar presos.
Lo que aún no está claro es si esta reforma ya entró en vigor. Varios tribunales federales han sostenido que está vigente desde el 15 de julio de 2011 y han otorgado amparos para que personas que estaban en la cárcel por delitos que no aparecen en la Constitución, salgan bajo fianza y enfrenten sus juicios en libertad.
Pero otro tribunal colegiado consideró que esa reforma solo puede estar vigente en los estados que ya implementaron el nuevo sistema penal de juicios orales, y que en los demás -entre ellos el DF y a nivel federal- siguen funcionando los catálogos de delitos graves.
Hasta la fecha, el nuevo sistema opera en doce estados, pero solo en tres al 100 por ciento y en todo el territorio estatal.
Fuentes de la Corte informaron que el Ministro Jorge Pardo Rebolledo presentó un proyecto en el sentido de que la reforma sólo está vigente en estados donde ya opera el nuevo sistema penal, mismo que fue discutido el año pasado en varias sesiones de la Primera Sala, y por su importancia fue enviado al Pleno, donde se requieren seis votos para aprobar jurisprudencia.
El criterio final será decisivo para el destino de miles de acusados por delitos como robo sin violencia, fraudes de todo tipo, violaciones a leyes financieras, ambientales y de propiedad industrial, evasión de reos y muchos otros que son considerados graves en algunos Estados o en la ley federal.
Mussi dijo que, con independencia de cuándo se aplique, este cambio en la Carta Magna resultará positivo para evitar que un delincuente primerizo acusado de un cargo menor cuantía se especialice dentro de la cárcel en delitos de mayor impacto.
"El primer delito a nivel nacional es el robo, aquí en el DF la mitad de población está por robo menor a 5 mil pesos y de esa mitad hay un 50 por ciento que está hasta por 500 o mil pesos. Quiere decir que el sistema de justicia está produciendo una crisis en las prisiones", explicó.
Miguel Ángel Aguilar, magistrado del Sexto Tribunal Unitario Penal del DF, estimó que el otorgamiento de la libertad provisional a miles de reos del país es un "tsunami" que nadie podrá detener, pues es una de las partes torales de la reforma penal de 2008.
El primer liberado con el criterio de que la reforma ya está vigente en todo el país fue un empresario de Campeche, acusado de un delito de propiedad industrial, que la ley federal considera grave, y también han sido beneficiados personajes como Julio César Cue, ex director del penal federal de Huimanguillo, quien fue procesado por la evasión de un reo.
Fábrica de presos
Población penitenciaria en el País (procesados y sentenciados)
00154,765
01165,687
02172,888
03182,530
04193,889
05205,821
06210,140
07212,841
08219,754
09224,749
10219,027
11230,943
12*237,566 *Hasta julio
FUENTE: INEGI
Nueva clasificación
Si la Corte confirma el criterio de que la reforma constitucional entró en vigor en julio de 2011, los delitos por los que habrá prisión preventiva serán:
· Secuestro
· Delincuencia organizada
· Homicidio doloso
· Trata de personas
· Violación
· Delitos violentos cometidos con armas
· Delitos contra la seguridad de la nación
· Ciertos delitos contra la salud
Fuente: Reforma

No hay comentarios:

Publicar un comentario