lunes, 2 de septiembre de 2013

VOTO RAZONADO DEL JUEZ AD HOC EDUARDO FERRER MAC-GREGOR POISOT EN RELACIÓN CON LA SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO CABRERA GARCÍA Y MONTIEL FLORES VS. MÉXICO.

En 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se resolvió el caso de dos campesinos mexicanos del Estado de Guerrero, los señores Teodoro Cabrera García y Rodolfo Montiel Flores, mejor conocidos como “los campesinos ecológicos”, que a finales de los años noventa fueron detenidos por elementos del Ejercito mexicano, quienes los privaron de toda comunicación, los torturaron y los consignaron a las autoridades correspondientes por delitos inventados, donde declararon bajo previa tortura y amenazas; al final de cuentas, fueron sentenciados.

La Corte IDH encontró que no se les informó a los señores Cabrera García y Montiel Flores sobre los motivos de su detención por parte de los elementos del ejercito mexicano.

La Corte Interamericana responsabilizó al Estado mexicano por violación a la integridad personal de los señores Cabrera y Montiel, ya que se probó que recibieron tratos crueles inhumanos y degradantes. Este hecho fue negado ampliamente por las autoridades nacionales, ya que a lo largo del proceso ante la Corte IDH estos alegaron que los peritajes previamente rendidos indicaban que no existía como tal la tortura, ni seña de trato inhumano alguno. 

La Corte IDH al resolver esta controversia, indicó como lo ha hecho en todas las que México ha perdido y seguramente lo dirá en todas las sentencias futuras que México obviamente perderá, sobre el incumplimiento de adaptar la legislación interna a los estándares internacionales. Es una pena que México tenga firmados y ratificados aproximadamente 170 tratados internacionales en materia de Derechos Humanos y no los haga cumplir, desde el Caso Rosendo-Radilla, la Corte Interamericana determinó que México debe aplicar el control de convencionalidad, con el fin de que sus autoridades locales revisen que sus actuaciones estén ajustadas a los estándares internacionales.



No hay comentarios:

Publicar un comentario