lunes, 2 de septiembre de 2013

Jurisprudencia Reciente – Emplazamiento al Juicio Laboral (Más de Un Demandado)

Recientemente la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la tesis jurisprudencial número 2a./J. 98/2013 (10a.), cuyo rubro reza: 

"Emplazamiento al juicio laboral. Procedimiento a seguir por la Junta cuando se señala más de un demandado y alguno o algunos de ellos no pudieron ser emplazados". 

En dicha tesis, la Segunda Sala de la SCJN determina que cuando no haya podido emplazarse a todos los demandados señalados en el escrito inicial de demanda por no haberse proporcionado su domicilio o el proporcionado no ser el correcto, no habiendo disposición expresa que señale cómo debe procederse en dicho caso, la Junta, en la audiencia de conciliación, deberá fijar de oficio una nueva fecha para la celebración de la misma, requiriendo en dicho acto a la parte actora para que proporcione el domicilio correcto del o los demandados que no pudieron ser emplazados, apercibiéndola de que si no lo hace dentro de un término de 3 días hábiles, la demanda se tendrá por no interpuesta en contra de aquellos que no pudieron ser emplazados y se continuará el juicio únicamente con el o los patrones legalmente emplazados. 

Esta determinación resulta, según lo indica la Segunda Sala, de una interpretación sistemática de los artículos 17, 685, 735 y 874 de la ley de la materia. 

Esta tesis fue resuelta por contradicción y se encuentra aún pendiente de publicación en el Semanario Judicial de la Federación.

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