viernes, 31 de enero de 2014

Extiende la Corte garantía procesal

Las autoridades administrativas de todo el País deberán asumir que las personas a la que buscan sancionar por alguna infracción legal son inocentes hasta que se demuestre lo contrario.

La Suprema Corte resolvió ayer que ese derecho, que la Constitución sólo prevé para los juicios penales, también aplica para los procedimientos administrativos sancionadores.
De esta forma, la autoridad que busca sancionar tendrá la carga de probar su acusación, tal y como sucede cuando se procesa a un presunto criminal.

La jurisprudencia de la Corte impactará los procedimientos previstos en decenas de leyes federales y estatales, que señalan multas, clausuras, revocaciones de permisos o concesiones, arrestos hasta por 36 horas, destituciones, inhabilitaciones y una larga lista de castigos aplicables tanto a particulares como a servidores públicos que violan una ley, sin llegar al grado de cometer un delito.

Por su parte, la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó el Código Nacional de Procedimientos Penales, etiquetado como prioridad al inicio del periodo de sesiones.

En dicho código se define la forma en que deberá aplicarse el nuevo modelo de justicia penal en el País, que transitó de un esquema inquisitorio a uno acusatorio, y precisa cómo se aplicará el nuevo modelo oral.

Fuente: Reforma

1 comentario:

  1. Lo que quiere decir que los jueces municipales deberán respetar la presunción de inocencia y especializarse en la integración de un expediente administrativo que garantice el debido proceso?

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