sábado, 25 de abril de 2015

Contemplan validar el divorcio sin causa (SLP)

San Luis Potosí, SLP.- A fin de armonizar la legislación en materia de equidad de género y derechos humanos de las mujeres, la legisladora Rosa María Huerta Valdez presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de los Códigos Familiar y Civil del Estado.

En esta iniciativa, señala la legisladora en su exposición de motivos, se introduce la figura del divorcio encausado o divorcio sin causa, que existe en otras entidades como Morelos, Coahuila, Distrito Federal, Estado de México, Veracruz, Yucatán y Guerrero entre otros; con lo cual se busca eliminar la condición de probar causales para la determinación del vinculo matrimonial.

En este sentido, la legisladora indica que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha considerado que la condición de probar causales atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, y ha determinado que el divorcio incausado no viola la garantía de audiencia, razón por la que ha declarado inconstitucional el sistema tradicional que continúa vigente en muchos de los estados del país, entre ellos, San Luis Potosí.

“De acuerdo con la sentencia emitida por la Corte, el también llamado “divorcio sin causales”, no atenta contra la sociedad ni la familia; por el contrario, la protege y fortalece al tratar de evitar conflictos en la disolución del vínculo matrimonial, así como enfrentamientos entre personas y familias que alienten entre ellos la posibilidad de odio, violencia, egoísmo y acciones maliciosas”.

Esta iniciativa propone modificar el concepto de matrimonio, en el que actualmente está presente como un elemento necesario, el propósito de procreación de los hijos para perpetuar la especie y formar una familia; cuestión que ya no se ajusta a la realidad, ya que muchas parejas se unen en matrimonio sin necesariamente considerar este fin y no por ello, no se consideran como familia.

En cuanto al concepto de violencia familiar, se hace una adecuación a lo establecido en las leyes General y Estatal en la materia, y se consigna que en todas las sentencias que se dicten con motivo de violencia familiar, se condenará al agresor a participar en servicios reeducativos integrales, especializados y gratuitos en las Instituciones del Estado.

Se establece también la prohibición de que menores de 16 años puedan contraer matrimonio; y, quienes se encuentren entre los 16 y 18 años, requerirán el consentimiento de sus progenitores.

Así mismo se establece atendiendo al mismo principio del libre desarrollo de la personalidad y derecho a la autodeterminación que no se requerirá del consentimiento del o la cónyuge, el concubino o la concubina, para llevar a cabo los procedimientos de esterilización.

Esta iniciativa fue turnada  a las comisiones legislativas para su análisis, a fin de establecer el dictamen posteriormente.

Fuente: http://planoinformativo.com/nota/id/385904/noticia/contemplan-validar-el-divorcio-sin-causa--.html

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