jueves, 10 de julio de 2014

Derecho a la identidad, va a la Constitución


Se adiciona un párrafo octavo al artículo 4o de la Carta Magna, reconociendo que todas las personas tienen derecho a la identidad, y por ende, a ser registrados de manera inmediata a su nacimiento.

Será el Estado quien garantice el cumplimiento de estas prerrogativas, por lo que, la autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

Vigencia: A partir del 18 de junio de 2014

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