La Secretaría de Gobernación (SG) da a conocer la modificación a la fracción III del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual incrementa de 14 a 15 años la edad mínima para prestar servicios laborales.
Vigencia: A partir del 18 de junio de 2014.
Fuente: Decreto por el que se reforma la fracción III del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (SG, DOF, 17 de junio de 2014)
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