El 19 de febrero salió publicado en el DOF la Resolución Miscelánea Fiscal el procedimiento para condonación de créditos fiscales, aquí la página
Los beneficios fiscales, se refieren a la aplicación de la condonación de los créditos fiscales, de acuerdo a lo siguiente:
PERIODO
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CONCEPTOS
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%
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REQUISITOS
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Antes del 1° de enero de 2007 | Contribuciones federales, cuotas compensatorias y multas por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las obligaciones de pago |
80%
| • Pagar el porcentaje no condonado. • Realizar el pago en una sola exhibición. |
Recargos, multas y gastos de ejecución |
100%
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Del 1 de enero 2007 al 31 de diciembre 2012 | Recargos, multas derivadas de créditos fiscales por cuotas compensatorias, contribuciones federales, y multas por incumplimiento de obligaciones fiscales distintas a las obligaciones de pago. |
100%
| • Pagar en una exhibición las contribuciones y cuotas compensatorias actualizadas. • Presentar ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda a su domicilio fiscal, la solicitud y anexos que el SAT indique mediante RCGMCE. |
Durante ejercicio fiscal 2012 y 2013 | Multas impuestas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago. |
60%
| • Pagar dentro de los 30 días siguientes a su notificación. |
Aquí el video explicativo:
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