viernes, 22 de marzo de 2013

Aprueban, por fin, nueva Ley de Amparo


Luego de más de dos años de discusión, el Senado aprobó ayer la nueva Ley de Amparo, que permite a los ciudadanos interponer este recurso en caso de violaciones a sus derechos y garantías contenidos en la Constitución e instrumentos internacionales.
Avalada por 101 votos de todos las bancadas, la reforma se turnó al Ejecutivo federal para su publicación.
Durante la el debate, el presidente de la Comisión de Justicia, Roberto Gil, aseguró que se amplían los beneficios del amparo a todos los ciudadanos.
"Con esta nueva ley, la protección se otorga sin necesidad de acreditar una determinada calidad frente a la materia en litigio. Es un elemento de la mayor importancia para el acceso efectivo a la justicia", dijo el senador panista.
Arely Gómez, del PRI, expuso que el Congreso tenía una deuda con el sistema de justicia.
A nombre del PRD, Benjamín Robles, defendió la reforma, que ha sido cuestionada por algunos sectores de la iniciativa privada, ya que las nuevas disposiciones impiden el abuso que cometían con la figura de la suspensión.
"Se ha señalado también que las empresas pueden verse afectadas, no es así, debemos decirlo con claridad.
"Pero también debemos aclarar que no se tolerará más el abuso, el coyotaje, los abogados leguleyos, todas esas prácticas jurídicas que se han aprovechado de las bondades que ofrece esta institución de salvaguarda que es el amparo", advirtió.
Con la reforma se pretende poner un alto a los abusos de los concesionarios de bienes públicos, que han utilizado la figura de la suspensión para alagar los litigios y continuar con sus operaciones al margen de la ley.
De acuerdo con los cambios, los concesionarios de los sectores de telecomunicaciones, energéticos y minas, entre otros, no podrán reclamar la suspensión de un acto de la autoridad si ésta considera que con ello se afecta el interés social.
Tampoco procederá la suspensión para el funcionamiento de establecimientos de juegos con apuestas o sorteos.
La nueva ley establece la firma electrónica para notificaciones, especifica casos de improcedencia y sobreseimiento, incluye la declaratoria general de inconstitucionalidad y regula el llamado "amparo adhesivo".
Cuando justifique su urgencia, el Poder Judicial dará resolución prioritaria a amparos solicitados por el Congreso o el Ejecutivo.
Los transitorios detallan que aplica la ley vigente donde no haya entrado en vigor el nuevo sistema de justicia penal acusatorio.
Alcances
La Ley de Amparo aprobada ayer en el Senado establece las siguientes garantías:
· Procede contra cualquier norma, acto u omisión de autoridad que viole derechos humanos o garantías
· Se puede promover por derecho subjetivo o individual
· Se puede solicitar de forma indirecta y colectiva
· Procede contra acciones de particulares que tienen calidad de autoridad responsable
· Incrementa de 15 a 30 días el plazo para su promoción
· Firma electrónica para notificaciones
· Especifica casos de improcedencia y sobreseimiento
· Incluye la declaratoria general de inconstitucionalidad
· Regula el amparo adhesivo
· Cuando justifique su urgencia, el Poder Judicial dará prioridad resolver amparos solicitados por el Congreso de la Unión o el Ejecutivo federal
· Reduce de 5 a 3 las sentencias en el mismo sentido para jurisprudencia
· Puede la PGR puede solicitar a la Corte la atracción de un amparo directo
· No procede la suspensión de actos de autoridad para concesionarios y casinos
· En casos de detención por delincuencia organizada, el juez tiene 96 horas para decidir si lo otorga o no. Para casos comunes, el plazo es de 48 horas
Fuente: Reforma

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