DOF: 22/05/2015
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DECRETO por
el que se reforma la fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con
el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de
laRepública.
ENRIQUE PEÑA NIETO,
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión,
se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN USO DE LA FACULTAD QUE LECONFIERE EL
ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA Y PREVIA
APROBACIÓN DE LA MAYORÍA DE LAS HONORABLES LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS, DECLARA
REFORMADA LA FRACCIÓN III, DEL APARTADO A, DEL ARTÍCULO 2o. DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Artículo Único. Se
reforma la fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 2o. ...
...
...
...
...
A. ...
I. y II. ...
III. Elegir
de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las
autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de
gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas
disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de
igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de
elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un
marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados. En ningún
caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político
electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades
municipales.
IV. a VIII. ...
B. ...
Transitorios
Primero.- El
presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial dela Federación.
Segundo.- Las
Legislaturas de las entidades federativas adecuarán sus respectivas
Constituciones, así como la legislación correspondiente, conforme a lo
dispuesto en el presente Decreto en un plazo no mayor a 180 días a
partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
México, D.F., a 14 de abril de 2015.-
Sen. Miguel Barbosa Huerta, Presidente.- Dip. Julio César
Moreno Rivera, Presidente.- Sen. Rosa Adriana Díaz Lizama,
Secretaria.- Dip. Sergio Augusto Chan Lugo,Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la
fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos
Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente
Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de
México, Distrito Federal, a veintiuno de mayo de dos mil quince.- Enrique
Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel
Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
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sábado, 23 de mayo de 2015
DECRETO por el que se reforma la fracción III, del Apartado A, del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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