miércoles, 18 de marzo de 2015

DECRETO por el que se reforma el artículo 157 Bis de la Ley General de Salud.

DOF: 17/03/2015

DECRETO por el que se reforma el artículo 157 Bis de la Ley General de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
SE REFORMA EL ARTICULO 157 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
Único.- Se reforma el artículo 157 Bis de la Ley General de Salud, en materia de enfermedades detransmisión sexual, para quedar como sigue:
Artículo 157 Bis.- La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito desus respectivas competencias, se coordinarán para la promoción del uso del condón, priorizando a laspoblaciones de mayor vulnerabilidad y riesgo de contraer la infección del VIH/SIDA y demás enfermedades de transmisión sexual.
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.
México, D.F., a 10 de febrero de 2015.- Sen. Miguel Barbosa Huerta, Presidente.- Dip. Silvano AureolesConejo, Presidente.- Sen. Lilia Guadalupe Merodio Reza, Secretaria.- Dip. Francisca Elena CorralesCorrales, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a diez de marzo de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de GobernaciónMiguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.

No hay comentarios:

Publicar un comentario