miércoles, 18 de marzo de 2015

Amparo vs Medina-Mora





Con motivo de las irregularidades en el procedimiento de designación de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación hemos redactado una demanda de amparo que compartimos con todos ustedes. Checa el video explicativo...

Instrucciones:

1. Descarguen el documento Word desde el siguiente enlace:



2. Llenen los datos que están marcados en color amarillo. Básicamente se trata de su nombre, domicilio para oír y recibir notificaciones y personas que autorizan para consultar el expediente.


3. Impriman 7 ejemplares que corresponden a:
a) original del escrito de demanda
b) un ejemplar para el Ministerio Público
c) un ejemplar para el Presidente de la República (autoridad responsable)
d) un ejemplar para la Cámara de Senadores (autoridad responsable)
e) un ejemplar para el Ministro Medina-Mora (autoridad responsable)
f) una copia que servirá de Acuse de Recibo.
g) un copia extra de precaución

4. Firmen el ejemplar original de la demanda de amparo


5. Presenten su escrito en de demanda junto con sus copias (6) a más tardar el día 30 de marzo de 2015 en los Juzgados de Distrito en Materia Civil del Distrito Federal ubicados en: BOULEVARD ADOLFO LÓPEZ MATEOS NO. 1950, COL. TLACOPAC, DELEG. ALVARO OBREGON, MÉXICO, D.F., 01049


6. Al presentar su escrito de demanda de amparo pregunten qué Juzgado de Distrito conocerá del asunto para que den seguimiento a su demanda de amparo.

En esta página puede consultar las publicaciones de los Juzgados de Distrito: http://www.dgepj.cjf.gob.mx/internet/acuerdo/acuerd_ini.asp

7. En la medida de lo posible solicítenle a un abogado que les ayude.


8. Compartan esta información con personas que consideren puedan sumarse a este esfuerzo.


ACTUALIZACIÓN:

Muchas gracias a todos por sus comentarios y participación.

Algunos de ustedes tienen dudas respecto de algunos aspectos de la procedencia y demás cuestiones relevantes por ello les hacemos estas aclaraciones:

1. En la demanda se impugnan 3 actos distintos:
a) La integración de la terna (Ejecutivo Federal)
b) La designación del ministro (Senado)
c) La aceptación del cargo de ministro (Medina-Mora)

2. La causal de improcedencia del artículo 61 fracción V de la Ley de Amparo no se actualiza por las razones que exponemos en el escrito pero de todas formas estamos impugnando la inconstitucionalidad y la inconvencionalidad de dicha fracción y estamos pidiendo que se desaplique con fundamento en las facultades de control constitucional y convencional.

3. En el peor de los casos la causal solo se actualiza respecto del acto reclamado imputado al Senado no así respecto de los otros 2 actos reclamados.

4. También se está impugnando la Ley del Servicio Exterior Mexicano y el Código Civil Federal por el tema del domicilio de los miembros del servicio exterior.

5. Idealmente el amparo está pensado que se tramite aquí en el Distrito Federal por las reglas de competencia. Consideramos que si el amparo se presenta en provincia lo más probable es que se declaren incompetentes.
Recuerden que el Estado de Derecho es responsabilidad de todos.



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