El día 15
de octubre se publico en el Diario Oficial de la Federación El ACUERDO POR
EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE
APOSTILLA DE DOCUMENTOS Y LEGALIZACIÓN DE FIRMAS.
Con motivo
facilitar la circulación a nivel internacional de los documentos públicos,
ya que para que ciertos documentos surtan efectos jurídicos en el extranjero,
se requiere que sea legalizada la firma de los funcionarios que los
suscriben, o bien adherida la apostilla por parte de las autoridades
mexicanas. México ha adoptado los principios de la Conferencia de
La Haya de Derecho Internacional Privado.
El
propósito de este Acuerdo es facilitar la circulación mundial de
documentos públicos expedidos en el territorio de los países signatarios, para
el reconocimiento mutuo de los Estados a estos documentos.
En
nuestro país aquéllos trámites que no son susceptibles de apostillarse por
estar dirigidos a países que no forman parte de la Convención de la Haya,
son legalizados, por lo que se requiere, cumplir con ciertas
reglas generales iguales a las establecidas para los documentos que deben
apostillarse, por lo que, el presente Acuerdo será aplicable asimismo
tratándose de la legalización de firmas.
Le
corresponde a la Secretaría de Gobernación a través de la Unidad de Gobierno,
operar el procedimiento de legalización de firmas de los servidores públicos,
así como el de apostilla de documentos, de conformidad con las disposiciones
legales aplicables.
En dicho
acuerdo y en sus lineamientos generales se prevén los procedimientos de
legalización de firmas y apostilla de documentos.
Para
revisar el Acuerdo Publicado, y profundizar en el tema le recomendamos ingresar
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