jueves, 14 de enero de 2016

Rechaza SCJN cobro de cuotas en la Nicolaíta

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto que declaraba constitucional el cobro de cuotas de inscripción a los alumnos de la Universidad de San Nicolás de Hidalgo, Michoacán.
Por cuatro votos contra uno, los ministros desecharon el proyecto presentó Jorge Pardo Rebolledo al considerar que no hay razón para deje de aplicarse el artículo 128 de la constitución de Michoacán que establece la gratuidad de la educación superior.
“El artículo debe permanecer y no hacerse regresivo”, precisó José Ramón Cossío Díaz, quien fue apoyado por Norma Piña Hernández y Arturo Zaldívar, mientras que Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo que votaba en contra del proyecto, pero por otras consideraciones.
El asunto será returnado a otro ministro para que elabore una nueva propuesta y la presente a la sala.
Pardo señalaba en su propuesta que la constitución establece que el Estado no está obligado a impartir educación gratuita, “pero sí” debe impartir educación  de calidad y aseguraba que las Universidades Autónomas cuentan con “libertad patrimonial” para cobrar cuotas o colegiaturas.
Planteaba negar amparo a la estudiante María de los Ángeles Cárdenas Alvarado, quien se inconformó en contra el cobro de cuotas de inscripción en la Universidad de San Nicolás de Hidalgo con el argumento de que las universidades autónomas, al no ser parte del Estado, están en su derecho de imponer diversos cobros a sus estudiantes.
La Universidad Nicolaita recibió en 2013, un total de 48 millones 851 mil pesos por concepto de cuotas, a razón de 420 pesos semestrales por alumno.
Incluso, Pardo afirmaba que la constitución michoacana establece que la educación universitaria es gratuita es inconstitucional, porque es contrario a lo que establece.
Fuente: La Jornada

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