lunes, 4 de enero de 2016

Demanda la Corte prevenir el bullying‏

La Suprema Corte de Justicia emitió 32 tesis aisladas sobre el acoso escolar o bullying en los planteles educativos, tanto públicos como privados, en las que llama a prevenirlos y a proteger a las víctimas.
La primera sala emitió las tesis entre el 1 de octubre y el 11 de noviembre, derivadas del amparo directo 35/2014 del 15 de mayo de 2015, en el que ordenó a una escuela privada del Estado de México indemnizar con 500 mil pesos a la familia de un menor con déficit de atención que sufrió acoso.
El caso que revisó la Corte fue inusual, pues se trató de una demanda civil contra la escuela, y, por tratarse de una tesis aislada y no de jurisprudencia, solo es una guía que no obliga a los jueces que conozcan de demandas similares.
Las tesis de la Corte tampoco generan obligaciones directas para autoridades de la SEP ni de escuelas privadas, pero si se acumulan más demandas serán lineamientos útiles mientras no exista legislación más detallada.
En las tesis, define el concepto de bullying o acoso escolar; determina que las escuelas, los maestros y directivos tienen responsabilidad directa en la protección de los alumnos, y las autoridades educativas deben atender los casos y prevenirlos en las escuelas.
De acuerdo con la Corte, el bullying es todo acto u omisión que, de manera reiterada agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño, o adolescente, realizado en instituciones escolares, sean públicas o privadas.
Las instituciones educativas, establecen las tesis, deben aplicar métodos para prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación y de violencia.
"Los directores deben evaluar el grado en que la escuela aplica la ética del cuidado, el derecho a la protección y la solidaridad, lo que implica preguntarse qué tanto se evitan burlas o ironías; se brinda apoyo a quienes están en riesgo, desventaja o tienen algún problema; se aplican estrategias para el autocuidado y cuidado mutuo entre alumnos, y se protege al alumnado contra el abuso y el acoso escolar", detalla la Corte.
Los directores, explica, deben identificar factores de riesgo y aplicar reglas de conducta que protejan a los estudiantes contra el abuso y el acoso sexual por parte de otros estudiantes o del personal.
Indica que el acoso escolar vulnera el derecho a la dignidad del menor, además de que constituye un trato discriminatorio cuando se hostiga al niño por su raza, situación económica, preferencia sexual, o por tener alguna discapacidad.
"Las autoridades federales y locales deben adoptar medidas especiales para proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad, así como garantizar que estos niños no sean objeto de maltrato o discriminación", insiste.
Sondeo
Resultados de la encuesta realizada por el Instituto Nacional Electoral entre los menores que participaron en la Consulta Infantil y Juvenil:
19.5%
violencia emocional
2.9%
violencia sexual
6.9%
de los niños y niñas de 6 a 9 años dijo no sentirse seguro en su escuela
14.9%
de los de entre 10 y 13 años dijo haber sufrido violencia física
26.3%
indicó que había sufrido violencia verbal
11.7%
dijo haber participado en actos violentos

Fuente: www.reforma.com

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