domingo, 4 de octubre de 2015

El INAI emprende batalla legal para mostrar la flota aérea presidencial a ciudadanos

La Consejería jurídica de la Presidencia de la República interpuso un recurso ante la SCJN para no emitir información –que ya había aceptado proporcionar– sobre itinerarios y planes de vuelo de la flota área. 

Francois Hollande y Enrique Peña Nieto en el último día de la vista de Estado a Francia del Presidente Mexicano. Foto: Cuartoscuro
Francois Hollande y Enrique Peña Nieto en el último día de la vista de Estado 
a Francia del Presidente Mexicano. Foto: Cuartoscuro
Ciudad de México, 3 de octubre (SinEmbargo).– La controversia por una solicitud de información que emitió un particular con número de folio 0210000185114 para que la Unidad de Enlace de la Presidencia de la República publicara información sobre los itinerarios y planes de vuelo de toda la flota a su disposición llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien admitió una resolución para impedir la entrega de datos.
Esta semana, la Presidente de la Corte, Luis María Aguilar, admitió el recurso que interpuso el consejero jurídico del Ejecutivo federal para suspender la entrega ordenada por el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) para que se hicieran públicos los datos.
De acuerdo con el diario Reforma, la Presidencia de la República no puede bloquear órdenes de acceso a la información argumentando un riesgo a la seguridad nacional, puesto que aún se rige con la anterior Ley Federal de Transparencia.
El pasado 17 de diciembre de 2014, la particular presentó la solicitud mediante el sistema INFOMEX para que se le proporcionara la información, sin embargo la respuesta más de un mes después se le respondió que “no es posible proporcionarla por estar clasificada como reservada por 12 años”, ya que “en el contexto actual el difundir esta información, puede revelar datos de los procedimientos internos que se realizan para adoptar las prevenciones necesarias, así como detalles de los propios dispositivos de seguridad que se establecen para dar seguridad al C. Presidentes de los Estados Unidos Mexicanos, menoscabando la capacidad de respuesta y la operación organizada del Estado Mayor Presidencial para cumplir con sus misiones generales de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de su reglamento.”
Posteriormente, el 19 de febrero de este año, el Inai recibió el recurso de revisión interpuesto por la particular en contra de la respuesta emitida por la Presidencia de la República.
Este recurso con número de expediente RDA 0740/15 fue turnado por la Comisionada Presidenta Ximena Puente al Comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, quien notificó la respuesta a la solicitud en el sentido de reproducir el contenido remitido por el Estado Mayor Presidencial.
Después de una serie de alegatos, la Presidencia se llevó a cabo el acceso a la información clasificada en el que se asentó:
“Que la intención de resguarda la información sobre el origen, destino, horas y rutas dentro de los planes de vuelo, es debido a que con su manejo e interpretación es posible crear patrones regulares de vuelo, lo cual incrementa la vulnerabilidad de las aeronaves, y consecuentemente, la seguridad del Presidente de la República, así como de los servidores públicos y demás personas que se determinan en términos de normatividad”, señala el expediente.
Finalmente, el Inai resolvió el 15 de julio pasado con base en los alegatos y exposiciones de los involucrados instruir a la Presidencia de la República que en un plazo no mayor a diez días hábiles cumplir con la resolución e informar al instituto su cumplimiento.
De acuerdo con el diario capitalino, el consejero Humberto Castillejos solicitó a la SCJN un recurso para impedir la entrega de los mismos y la Presidenta de la Corte lo admitió el 24 de septiembre.
Al respecto, el Inai solicitó a la Suprema Corte de Justicia que deseche el recurso y reconsiderar su decisión, mediante un recurso de revocación que resolverá el propio ministro presidente, para lo que argumentó que  la Corte sigue sujeta a la anterior Ley Federal de Transparencia, que no contemplaba un recurso en materia de seguridad nacional ante el máximo tribunal,  y porque la nueva norma y el sistema nacional que se tendrá que echar a andar a partir de ella aún no entran plenamente en vigor.
“La vigencia plena de la Ley General de Transparencia se encontraba sujeta a una serie de reformas legales que no han ocurrido”, sostuvo Rosendoevgueni Monterrey en entrevista con Reforma.

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