FCH ante La Haya: largo camino
Guillermo
J. García
Abogado,
internacionalista y maestro en derecho internacional.
La Corte Penal
Internacional (CPI) se ha puesto de moda en México. La "tendencia" la
inició un grupo de académicos, respaldados por 23 mil firmas recabadas a través
de internet, al invitar al fiscal de la CPI a investigar la situación actual en
el país. Los solicitantes alegan que la llamada "guerra contra el
narco" ha llevado a varios actores, incluido el Presidente, a cometer
crímenes de guerra y de lesa humanidad. Este tema tiene varias complejidades,
pero en esta etapa dos aclaraciones son necesarias: la solicitud no tiene
efectos inmediatos sobre los acusados y el Estatuto de Roma, que dio origen a
la CPI, no fue creado para procesar situaciones como la de México.
Si bien es
cierto que el fiscal puede recibir quejas de individuos y de ONG, éste no tiene
un cheque en blanco para procesar a quienes mencionan los quejosos. Antes de
que se individualice el proceso, el caso pasa por varios filtros. Primero, el
Estatuto obliga a la Fiscalía a realizar una "investigación
preliminar" en donde debe contrastar la queja con la gravedad del caso, el
texto del Estatuto, los "elementos del crimen" y el "interés de
la justicia". Asimismo, conforme al principio de complementariedad, debe
asegurarse que el aparato de justicia nacional no está procesado a los
presuntos culpables. Esta investigación preliminar no tiene plazos, no es
vinculante para los individuos y depende exclusivamente de la Fiscalía. Es en
esta "antesala" en donde está parada la solicitud de los académicos mexicanos.
Ahora bien, si
la Fiscalía coincide en que hay elementos suficientes, entonces el caso pasa a
ser revisado por una Sala de Cuestiones Preliminares que decide si se coloca o
no a México oficialmente bajo investigación. Entonces, y sólo entonces, se
pueden girar órdenes de aprehensión. El único órgano que podría suspender el
proceso en ese momento sería el Consejo de Seguridad de la ONU por considerar
que pone en peligro la paz y seguridad internacional. Lo anterior nos lleva a
la conclusión de que la solicitud tiene varias barreras jurídicas y políticas
antes de que logre sentar a un mexicano en el banquillo de los acusados.
La segunda
aclaración que hay que tener en cuenta es que la CPI no fue creada para
procesar todos los casos de violencia generalizada. Inclusive durante su
negociación se propuso que la CPI procesara a los cárteles del narcotráfico que
amenazaban la estabilidad de los Estados caribeños. La sugerencia no prosperó.
Los autores consideraron que la lucha contra el narcotráfico no era compatible
con el espíritu del Estatuto. Querían que los esfuerzos se enfocaran en
procesar a individuos que abusando de su situación de poder impunemente
cometieran atrocidades graves, sistemáticas y generalizadas contra civiles, y
no en delincuentes organizados trasnacionalmente. En este sentido, para que
prospere la solicitud mexicana, el fiscal tendría que tomar una postura
controvertida. Tendría que argumentar que los cárteles no actúan meramente como
organizaciones que cometen daños colaterales en sus actividades delictivas,
sino que son "narco insurgentes" abusando de su estructura de poder
para sistemáticamente atacar civiles. Conclusión con la cual, de facto, se
estaría confirmando que el Estado estaba obligado a adoptar una estrategia
antinarco para contrarrestar un escenario de "insurgencia" y no sólo
perseguir "mafiosos".
Ahora bien, en
el caso particular de los crímenes de guerra, antes de fincar responsabilidades
a altos mandos del Ejército, se tendría que probar que la violencia en México
no deriva de una estrategia antinarco "errónea" y agresiva, sino que
estamos de facto en una guerra civil en donde los crímenes cometidos, por ambos
bandos, ocurrieron como "parte de un plan o política" en gran escala.
No deben haber sido crímenes esporádicos ni actos únicos de terrorismo o
errores de militares en funciones, sino actos articulados para afectar a grupos
vulnerables como parte de una estrategia de "guerra".
Estos párrafos
no tienen la intención de sugerir que el caso de México ante la CPI es
imposible, pero sí la de aclarar que el camino no es fácil. El fiscal Luis
Moreno Ocampo, quien termina su mandato en 2012, tendría que hacer una
interpretación extensiva para incluir a México en la lista de países como
Libia, Sudán o el Congo. Hay que tener presente que el caso de Colombia, que es
más cercano al mexicano, con todo y la presencia de guerrillas, lleva 2 años
atorado en la investigación preliminar porque Bogotá ha cooperado y ha
reformado su sistema de justicia militar. ¿México brincará todos los
obstáculos?
Fuente: Reforma
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