jueves, 9 de octubre de 2014

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma diversas disposiciones del similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.

DOF: 06/10/2014

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma diversas disposiciones del similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL SIMILAR QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 100, primer párrafo constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO.- Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO.- Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar la estructura orgánica, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
QUINTO.- De acuerdo con las nuevas funciones y responsabilidades asignadas a la Secretaría Ejecutiva de Administración generadas con motivo de la reestructura del Consejo de la Judicatura, se estima que el titular de la citada Secretaría Ejecutiva delegue la atribución al Director General de Recursos Humanos en cuanto a la suscripción de nombramientos, avisos generados por movimientos de personal y firma de credenciales, ya que es atribución de dicha Secretaría planear, programar, dirigir, ejecutar y controlar los recursos humanos, materiales, servicios generales, obra pública, así como los servicios relacionados con la misma.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 81 fracción XV y 170 fracción VI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 81. El titular de la Secretaría Ejecutiva de Administración tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XIV. ...
XV.  Suscribir los nombramientos de los servidores públicos adscritos a las áreas administrativas, comprendidos entre los niveles 10 al 24 de la Tabla de Puestos contemplada en el Catálogo General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal, así como, las credenciales del personal de órganos jurisdiccionales y áreas administrativas entre los niveles 8 a 24;
XVI. a XXVI. ...
Artículo 170. El titular de la Dirección General de Recursos Humanos tendrá las siguientes atribuciones:
I. a V. ...
VI.   Suscribir los nombramientos de los servidores públicos adscritos a las áreas administrativas, comprendidos entre los niveles 25 al 33 de la Tabla de Puestos contemplada en el Catálogo General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal, y las credenciales del personal de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas de los niveles mencionados; así como, los avisos de baja, de licencia, de reanudación de labores, de suspensión y reinstalación de servidores públicos adscritos a áreas administrativas de los niveles 10 al 33 de la referida Tabla de Puestos;
VII. a XXIII. ...".
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
EL MAGISTRADO LUIS FERNANDO ANGULO JACOBO, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO Y DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma diversas disposiciones del similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión ordinaria de diecisiete de septiembre de dos mil catorce, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Felipe Borrego Estrada, César Esquinca Muñoa, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil catorce.- Conste.- Rúbrica.

No hay comentarios:

Publicar un comentario