martes, 23 de septiembre de 2014

Alertan por límite al amparo

Como peligroso y preocupante calificaron ayer empresarios y expertos en Derecho el nuevo criterio fijado por el Tribunal del Pleno del Cuarto Circuito (Nuevo León), que niega otorgar a los negocios una suspensión de amparo contra la clausura definitiva ordenada por una autoridad.

Incluso advirtieron que el fallo puede propiciar violaciones y arbitrariedades de la autoridad contra las empresas.

Obtener una suspensión es un recurso legal usado por los negocios para impedir el cierre inmediato de sus empresas y postergarlo hasta que se resuelva un amparo definitivo.

Bernardo Elizondo, presidente de la Academia de Derecho Fiscal en el Estado, cuestionó el criterio fijado el viernes por el Tribunal.

"Puede resultar peligrosa (la medida)", advirtió, "porque, aunque pudiera haber giros que ameriten ese tratamiento, si se aplica de forma indiscriminada (a empresas de comercio, servicio e industria) se pueden generar situaciones de violaciones graves (de derechos) al ocurrir una clausura donde la autoridad no tenga competencia para ello o que no se justifique".

David Manllo Valdés, director general de la Delegación Nuevo León de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y de Alimentos Condimentados (Canirac), afirmó que la medida es injusta para los negocios.

"Es un recurso (el de la suspensión) que debe tener cualquier empresario cuando no esté de acuerdo con alguna imposición de la autoridad", indicó.

"Este tipo de imposiciones no son nada sanas".

Elizondo dijo que, al aplicarse la medida en las solicitudes de amparo contra toda clausura definitiva que ejerza cualquier autoridad federal, estatal o municipal en Nuevo León, hay riesgo de que se incurra en violaciones y causen pérdidas cuantiosas.

"(Puede ocurrir) que después de dos años que demora en resolverse el juicio de amparo (contra la clausura del negocio) determinen que fue inconstitucional", recalcó.

"Hablamos de una pérdida irreparable", afirmó.

Olmo Guerrero, abogado del despacho Martínez Arrieta, alertó que este nuevo criterio se presta a arbitrariedades de la autoridad al emitir clausuras definitivas sin fundamento y le da tiempo para justificarlas.

Ayer se publicó que, con esta nueva jurisprudencia, se impide a los jueces dar suspensiones a los negocios y, en cambio, tendrán que esperar a que se resuelva el amparo de fondo para determinar si le asiste o no la razón al quejoso.

Alfonso Verde Cuenca, ex presidente del Colegio de Abogados de Nuevo León, aseguró que no puede generalizarse el no otorgar suspensiones contra las clausuras, pues cada caso tiene argumentos distintos.

El litigante Juan Gómez Jay-me reclamó que este criterio va en perjuicio de los ciudadanos.

"Le privan de las garantías de conseguir una suspensión mientras se lleva a cabo juicio de amparo", dijo.

"Nadie aguanta un litigio de mucho tiempo con el negocio sin producir".



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