viernes, 30 de marzo de 2012

Sentencia de amparo contra Supervía


Vecinos e integrantes del Frente Amplio contra la Supervía Poniente ganaron el juicio de amparo indirecto 605/2010 contra el gobierno capitalino, dos años después de solicitado, según la sentencia que dictó el Juzgado 10º de Distrito en Materia Administrativa.
Con esta sentencia la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) "queda obligada a emitir un nueva resolución en la que justifique de forma motivada y fundada, la procedencia o improcedencia de la solicitud de consulta pública" que pidieron los vecinos antes de que iniciara la obra que construye la empresa OHL.
De acuerdo al documento, la dependencia federal deberá "abordar y estudiar todas las cuestiones planteadas por los quejosos. De esa forma, se les restituirá el goce de sus derechos para que puedan participar en la planeación y conducción de una acción de gobierno que les afectó".
El Frente Amplio contra la Supervía Poniente informó, que en sus consideraciones, el Juzgado 10º determinó que al negar la solicitud de consulta pública, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat “no expresó razonamiento alguno en relación a los diversos aspectos relacionados entre otros, con los ciclos hidrológicos, la preservación de la biodiversidad y que el proyecto atraviese áreas naturales protegidas”.
La sentencia notificada este jueves se suma a la Recomendación 1/2011 que hizo la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), en la que según el Frente Amplio, "se da cuenta de las violación a los Derechos Humanos de los habitantes del Distrito Federal, y se solicita al Jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard Casaubon, que suspenda la obra para que puedan hacerse estudios de impacto ambiental y de movilidad y tránsito que cumplan con los estándares internacionales".
Se agrega a la sentencia de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo del DF del pasado 2 de diciembre de 2011, en la que se reconoció "el interés legítimo de vecinos y de Greenpeace México para acudir ante este Tribunal a exigir el cumplimiento del artículo 50 de la Ley Ambiental".
El Frente Amplio y Litiga OLE destacaron que con este juicio no pretenden "salvaguardar solamente los derechos de quienes interpusieron el juicio, sino del resto de los habitantes del Distrito Federal, en virtud de los altos costos ambientales, sociales y financieros que conlleva la Supervía Poniente que han evidenciado decenas de especialistas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Instituto Politécnico Nacional (IPN), la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) y El Colegio de México (CM), así como numerosas organizaciones en derechos humanos y ambientales".
Por último, hicieron un nueva llamado al gobierno capitalino "para que cumpla con la legalidad y suspenda la obra, y a la Semarnat para que admita la consulta pública y se evalúen debidamente los impactos ambientales de la Supervía Poniente".

Aquí la resolución:


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