El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea ha
propuesto que en materia de derechos humanos, tanto la Carta Magna como los
tratados internacionales se interpreten en un “bloque” que sea más favorable a
las personas.
El tema de la jerarquía que tienen los
tratados internacionales frente a la Constitución, dividió a los integrantes de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que han expresado posturas
encontradas respecto de estos acuerdos, en materia de derechos humanos.
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea ha
propuesto para resolver una contradicción de criterios entre dos tribunales
Colegiados, que en materia de derechos humanos, tanto la Carta Magna como los
tratados internacionales se interpreten en un "bloque" que sea más
favorable a las personas.
Esta interpretación, de acuerdo al ministro
ponente, se debe considerar a partir de las reformas constitucionales en la
materia de junio de 2011, que además del control constitucional prevé el control
de la convencionalidad, es decir, de la jurisprudencia de los acuerdos
internacionales.
No obstante, al discutir la contradicción de
tesis 293/2011, la mitad de los diez ministros presentes en la sesión de hoy,
se pronunciaron en contra de la propuesta y consideraron que la Constitución siempre
tiene mayor jerarquía que los tratados internacionales sobre derechos humanos.
Margarita Luna Ramos expuso que la misma
norma fundamental reconoce la validez de los tratados internacionales, pero
subrayó que cuando en el marco internacional se afecta a la Constitución, la
primera se debe desaplicar, argumento que con algunas salvedades coincidió
Sergio Aguirre Anguiano.
Luna Ramos dijo que ahora el Poder Judicial
debe hacer control de constitucionalidad, de convencionalidad y de legalidad, pero
que cada uno de ellos depende del acto impugnado y frente a qué derecho y a
ante qué instrumentos habrá de confrontarse.
"Los tratados internacionales están a la
par de la Constitución, pero no en derechos humanos", indicó la ministra,
pues recalcó que en apego al principio de supremacía constitucional, "si
el tratado es inconstitucional", lo que debe prevalecer es la
Constitución.
Puso como ejemplo el artículo 8 del Pacto de
San José, que protege la presunción de inocencia y establece que nadie puede
ser privado de su libertad durante el juicio, "lo que está en total pugna
con el artículo 16 de la Constitución. ¿Vamos a aplicar el Pacto en vez de la
Constitución?", cuestionó.
La otra mitad de los integrantes del pleno se
sumó a la propuesta de Arturo Zaldívar, en el sentido de que se debe aplicar el
principio "pro persona", que implica aplicar el criterio que sea más
favorable, "una fluctuación de ambas (tratados internacionales y
Constitución), según lo más protector", opinó Olga Sánchez Cordero.
En este sentido, la ministra dijo que la
Constitución no pierde su supremacía, sino que "se potencializa en mayor
medida al protegerlos derechos humanos", y que "lo que sí es supremo,
son los derechos materializados en las personas", indicó.
El presidente de la Corte, Juan Silva Meza
consideró que los derechos humanos en el marco del control de
constitucionalidad y de convencionalidad, integran un conjunto normativo pro
persona.
La Corte continuará el próximo jueves con el
análisis del asunto, en el que también abordará de nueva cuenta el tema de la
obligatoriedad de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (Corte IDH), que se estudiará frente a lo que la SCJN ya ha decidido
sobre la obligatoriedad de sus sentencias.
En este sentido, Luis María Aguilar señaló
que a los criterios del organismo internacional se le han querido dar un
alcance mayor y la Corte IDH ha impuesto obligaciones a los Estados, más allá
de la reparación del daño a la persona del caso que se trate.
Fuente: El Universal | Martes 13 de marzo de
2012
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