martes, 24 de enero de 2017

Plazos de respuesta a diversos trámites ante el IMPI...

Con fecha 27 de diciembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los plazos de respuesta a diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Lo anterior con el objeto de disminuir la sobre regulación del  IMPI, este acuerdo unifica en un solo instrumento los plazos de respuesta a los tramites que se presentan ante ésta institución.
Al respecto, el acuerdo señala que el Instituto deberá dar una primera respuesta a las solicitudes o promociones que le sean presentadas, en los trámites que se indican, en los siguientes plazos.
Es importante mencionar que en la primera respuesta a las solicitudes o promociones, el IMPI podrá requerir se precisen o aclaren situaciones relacionadas con el propio trámite; se subsanen omisiones, o, en su caso, comunicar que la solicitud aprobó el examen de forma; así como emitir cualquier otro acto derivado de las disposiciones aplicables al trámite solicitado.
Los plazos a los que se refiere el presente Acuerdo empezarán a correr a partir del día hábil siguiente a aquél en que el Instituto efectivamente reciba las solicitudes o promociones, independientemente de su medio de presentación.

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