El Pleno desechó la impugnación del partido Movimiento Ciudadano a una reforma a
la Constitución de Veracruz publicada en enero pasado
Ciudad de México (23 agosto
2012).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló
una reforma a la Constitución de Veracruz por la cual los alcaldes y demás
funcionarios municipales electos a partir de 2013 durarán cuatro años en sus
cargos, en vez de los tres que aplican en el resto del País.
Por
unanimidad, el Pleno de la Corte consideró que la reforma, publicada en enero
pasado, no viola el Artículo 116 de la Constitución, que señala que las
elecciones de Gobernadores, alcaldes y diputados locales deberán ser el primer
domingo de julio "del año que corresponda".
"Lo que importa (del artículo
116) no es que las elecciones estatales deban llevarse a cabo simultáneamente,
que el mismo día necesariamente tengan que ser todas, sino que únicamente se
determinan reglas en relación a la elección federal", explicó la Ministra
Margarita Luna Ramos, autora de la sentencia.
También dijo que la Carta
Magna no señala los periodos de duración para puestos como las presidencias
municipales, por lo que los estados tienen libre configuración para
determinarlos, aunque algunos Ministros pidieron matizar la sentencia en el
sentido de que esta libertad no es absoluta y está sujeta a parámetros de
razonabilidad.
La reforma fue impugnada por el partido Movimiento
Ciudadano, que alegó que al desfasar las elecciones municipales de los demás
comicios estatales, se obligará a los veracruzanos a asistir casi todos los años
a las urnas.
Por ejemplo, el nuevo sistema resulta en que Veracruz tendrá
elecciones en 15 de los 19 años comprendidos entre 2012 y 2030, si se toman en
cuenta los comicios federales, y habrá fenómenos como los de 2019 o 2021, cuando
se tendrán que desahogar procesos electorales sólo para diputados y alcaldes,
respectivamente.
En tanto, 2021 será el único año en que una elección
local, la de alcaldes, coincidirá con la elección federal, que en esa ocasión
será sólo para renovar al Congreso.
El Ministro Guillermo Ortiz
Mayagoitia enfatizó que el problema no deriva sólo de la reforma para las
alcaldías, sino que es estructural.
"La respuesta que debemos dar es que
este efecto no se produce por la reforma, sino por el conjunto de preceptos que
rigen otras elecciones, no se puede focalizar este vicio en la norma impugnada,
sino en todo el sistema electoral de Veracruz", expresó.
En 1999,
Veracruz aprobó una reforma similar para extender a cuatro años los periodos de
los alcaldes, pero por una sola vez, precisamente para empatar elecciones que
ahora estarán desfasadas.
Por lo pronto, los alcaldes, síndicos y
regidores electos en 2010 completarán sus periodos de tres años, y serán los
electos en 2013, que tomarán posesión el 1 de enero de 2014, los que ejercerán
su mandato durante cuatro años.
La Corte interrumpió su debate sobre
fuero de guerra para resolver este caso, que tenía prioridad por tratarse de
materia electoral, y el próximo lunes retomará el estudio de 27 amparos
pendientes promovidos por militares acusados de diversos delitos.
Fuente: Reforma 24/08/2012
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