martes, 11 de noviembre de 2014

Delibera Corte sobre sanción a condóminos

La asambleas de condóminos pueden afectar los derechos humanos al sancionar a los residentes por no pagar sus cuotas, resolvió la SCJN.

En su primer pronunciamiento sobre el tema, uno de los más contenciosos y desgastantes en las relaciones cotidianas en la ciudad, la Primera Sala de la Corte ordenó restablecer servicios de elevador y energía eléctrica en su pasillo a la residente de un condominio de la colonia Verónica Anzures, que no pagó cuotas de mantenimiento de 2007 a 2012.

La afectada, Victoria Carrillo de 47 años de edad, padece esclerosis múltiple y discapacidad deambulatoria y visual. Vive con su madre, quien es la dueña del condominio.
Desde 2010, los otros tres condóminos le suspendieron los servicios que se pagan con las cuotas comunes, por lo que Carrillo promovió una demanda civil por daño moral, al considerar que fue discriminada por su condición de discapacitada.

El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y un tribunal colegiado de circuito rechazaron el reclamo, pero el pasado 8 de octubre, la Corte amparó a la demandante, aunque no le dio todo lo que pedía.

"La suspensión de los servicios de elevador y energía eléctrica acordada por la asamblea, con apoyo en Ley de Propiedad en Condominio para el DF, si bien no constituye un hecho ilícito por el que proceda la acción de daño moral, sí restringió el goce de los derechos humanos de la quejosa", afirmó la Corte.

"Se restringió el derecho fundamental a la movilidad personal de la quejosa, al no guardar proporción (la interrupción de servicios) con su discapacidad motriz y visual", agregó la Sala.

Según la Corte, los condóminos violaron el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se refiere a instalaciones y servicios "comunitarios", concepto que los ministros consideraron aplicable al interior de una propiedad privada.

El restablecimiento de los servicios, sin embargo, no exenta a la madre de la demandante, que es la dueña del condominio, de pagar las cuotas pendientes, ni prejuzga sobre la demanda civil que los demás condóminos presentaron para exigir dicho pago.

La ministra Olga Sánchez Cordero había propuesto ordenar el pago por daño moral en favor de Carrillo, pero los demás ministros rechazaron la idea, informaron fuentes judiciales.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil, que el pasado 7 de febrero había negado el amparo a Carrillo, había tenido una postura mucho más dura.

Fuente: Reforma

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