lunes, 10 de febrero de 2014

Amparos contra la reforma fiscal empiezan a inundar los juzgados federales


Hasta el pasado 30 de enero se habían registrado alrededor de 250 demandas sólo en el Distrito Federal (DF) y Monterrey, pero esa cifra se incrementará conforme las nuevas leyes sean aplicadas a los contribuyentes.

Por ejemplo, Walmart cuestionó la aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) en alimentos para mascotas y el peso por litro de refresco; mientras que Sabritas y las productoras de dulces Ferrero de México, Gélita México y Productos Rochin, van contra el impuesto especial sobre producción y servicios (IESPYS) del 8% a los alimentos con alto contenido calórico.

Al menos nueve empresas del sector químico, entre ellas Bayer, están cuestionando la aplicación del IESPYS a los plaguicidas, que va de entre 6 a 9% según el "peligro de toxicidad aguda" del producto.
Incluso más de 20 gasolineras en el DF y Monterrey aprovecharon la reforma para cuestionar el IESPYS a los combustibles, mismo que se aplica desde hace años.

Los amparos contra el IVA y el IESPYS tienen pocas posibilidades de prosperar, por los criterios recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la materia, y aun en caso de ser otorgados, las empresas demandantes no obtendrían reembolsos, puesto que los consumidores son quienes los pagan.
Por otra parte, la Ley Aduanera es la que hasta ahora ha provocado más inconformidades: la obligación de almacenar gratuitamente mercancías de comercio exterior ha sido impugnada por 20 empresas, entre ellas Aeroméxico, Varig, Lufthansa y la mayoría de las terminales portuarias del país.

Ni la facturación electrónica obligatoria se salva. Hace dos semanas fue impugnada por seis asociaciones ganaderas de Oaxaca, que la ven como ”un obstáculo” para sus labores.

Los amparos alegan violaciones a principios constitucionales de libertad de trabajo, equidad y proporcionalidad tributaria; a Tratados internacionales, así como a artículos de la Carta Magna sobre libre competencia económica y no aplicación retroactiva de la ley.


Fuente:Reforma.com

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