viernes, 25 de abril de 2014

Detecta la Corte pifia en Ley de Amparo

El Congreso de la Unión cometió un grave error en la nueva Ley de Amparo, pues no aclaró el plazo para impugnar actos que afectan la libertad personal previos a la entrada en vigor de dicha legislación.

Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia al establecer que los acusados que impugnen autos de formal prisión o actos similares, notificados antes del 3 de abril de 2013, podrán promover sus amparos en cualquier momento.

La ley derogada no fijaba plazo alguno para este tipo de amparos indirectos, pero la nueva solo prevé 15 días, lo que ha generado confusión entre jueces y Magistrados federales.

El pleno ordenó ayer admitir un amparo promovido en mayo de 2013 por Raymundo Cervera y Valentín Elizalde contra autos de prisión notificados en noviembre de 2012 y enero de 2013, desechado por un juez de distrito de Coahuila que aplicó el plazo de 15 días y lo consideró extemporáneo.

"El legislador no previó un régimen transitorio. Al no preverlo, deja en estado de indefensión por inseguridad jurídica y falta de certeza a los hoy recurrentes, y a cualquier otro en esa situación", dijo el Ministro Fernando Franco.

"Hubo un enorme descuido de quienes presentaron esta ley", agregó José Ramón Cossío.
El caso consumió dos sesiones del pleno, pero la Corte apenas inicia la discusión por la incertidumbre sobre los plazos en materia penal.

En los próximos días, los Ministros también se pronunciarán sobre los ocho años de límite que se fijaron para impugnar sentencias definitivas mediante amparo directo.

Fuente: Reforma

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