viernes, 22 de marzo de 2013

ACUERDO por el que se modifica y adiciona el Manual de Organización General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


ACUERDO por el que se modifica y adiciona el Manual de Organización General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

RAUL PLASCENCIA VILLANUEVA, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en el artículo 15 fracción II de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como los artículos 18, 21 fracción I y 22 fracción V de su Reglamento Interno, y
CONSIDERANDO
Que el 21 de junio de 2005 se expidió el Manual de Organización General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio del mismo año, habiéndose modificado y adicionado mediante publicaciones hechas el 20 de octubre de 2006; 6 de diciembre de 2007; 30 de abril de 2009 y 17 de febrero de 2011;
Que el 21 de mayo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante el cual se modifican y adicionan diversos artículos del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con el cual se modificaron los artículos 21, fracciones IX, X, XI y XII, 32 y 36 y se adicionó el artículo 35 bis del referido Reglamento Interno;
Que el 18 de julio de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos mediante el cual se reforman y adicionan diversos artículos del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos, con el cual se modificaron los artículos 20, 37, 38, fracción VII, 39, segundo párrafo, 53, 57, 176 y 177 del referido Reglamento Interno, y en el cual en su Transitorio Tercero se consideró que la parte conducente del Manual de Organización General que refleje las modificaciones realizadas al Reglamento Interno, será expedida dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de dicho acuerdo y deberá ser publicada en el DiarioOficial de la Federación, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA Y ADICIONA EL MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE
LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
PRIMERO. En la sección Antecedentes, en la posición penúltima se adicionan los siguientes párrafos, para quedar como sigue:
El 12 de junio de 2007 se emitió un acuerdo del Consejo Consultivo mediante el cual se modificaron los artículos 21, 22, 26, 36, 38, 39, 52, 61, 176 y 177, destacando la adición de una atribución dentro de la Oficialía Mayor; otorgando a la Secretaría Técnica de la Presidencia las funciones previstas para la Unidad de Enlace en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional, quitándole a su vez esta función a la Dirección General de Quejas y Orientación; la modificando a la estructura del Organo Interno de Control, así como de sus atribuciones; la modificación a la estructura de la Secretaría Técnica del Consejo Consultivo; la competencia de la Tercera Visitaduría General para ejercer las facultades que el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, otorga al Mecanismo Nacional de Prevención; así como lo relativo a la ejecución de sanciones administrativas por parte del Organo Interno de Control.
Por acuerdo del Consejo Consultivo del 6 de febrero de 2008, se modificó la fracción IV del artículo 176 del Reglamento Interno, con la finalidad de ajustar su contenido a lo previsto por la Ley Federal deResponsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Por acuerdo del Consejo Consultivo del 14 de julio de 2009, se modificó el artículo 29 del Reglamento Interno, con la finalidad de dotar a la Dirección General de Planeación y Análisis de un área de Evaluación.
Por acuerdo del Consejo Consultivo del 13 de octubre de 2009, se adicionó el artículo 58 del Reglamento Interno, con la finalidad de precisar la estructura de las visitadurías generales.
Por acuerdo del Consejo Consultivo del 13 de septiembre de 2011, se modificaron los artículos 2 y 11 del Reglamento Interno, derivado de la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, mediante la cual se incorporó la competencia laboral al sistema no jurisdiccional de protección a los derechos humanos, la cual había sido excluida desde el origen de estos organismos, abriendo las posibilidades de defensa de los gobernados, pues permitió la protección de los derechos laborales a través de esta Comisión Nacional y de los organismos locales de protección de los derechos humanos, quienes conocerán, de acuerdo con su competencia, de los asuntos laborales en donde intervenga una autoridad administrativa federal, de las entidades federativas o de los municipios, por acción u omisión.
Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2011, el H. Congreso de la Unión modificó el artículo 48 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mediante el cual se estableció que la Comisión Nacional no estará obligada a entregar ninguna de sus pruebas a la autoridad a la cual dirigió una Recomendación o a algún particular.
Por acuerdo del Consejo Consultivo del 14 de mayo de 2012, se modificaron y adicionaron los artículos 21, 32, 35 bis y 36 del Reglamento Interno, mediante los cuales se adicionaron como unidades administrativas la Dirección General de Seguimiento de Recomendaciones, la Coordinación de Asesores y se eliminó la Secretaría Técnica de la Presidencia, cambios que se plasmaron en una nueva estructura orgánica de la Comisión Nacional, la cual se expidió el 22 de mayo de 2012.
Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2012, el H. Congreso de la Unión reformó y adicionó diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mediante la cual se eliminó la limitante al número de visitadores generales que era de cinco, dejando abierta la posibilidad de que el Organismo cuente con las visitadurías que crea necesarias, derivando en la creación de la Sexta Visitaduría General. Además se facultó a la Comisión Nacional para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, quedando a cargo de la recién creada Visitaduría General el conocimiento de estos asuntos.
Derivado de las reformas a la Ley, por acuerdo del Consejo Consultivo de fecha 10 de julio de 2012, se reformaron y adicionaron diversos artículos del Reglamento Interno, mediante los cuales se incorporó a la Sexta Visitaduría General dentro de la estructura del Organismo y se consideró a su titular para que, en su orden, cubra las ausencias temporales del Presidente. Además, derivado de la expedición de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, se ampliaron las facultades del Organo Interno de Control para actuar en consecuencia, cambios que se plasmaron en una nueva estructura orgánica de la Comisión Nacional, la cual se expidió el 18 de junio de 2012, la cual está vigente a la fecha.
(...)
SEGUNDO. En la sección II Marco Jurídico, se adicionan en la parte correspondiente a Leyes Federales, las siguientes, para quedar como sigue:
-      Ley de Migración.
D.O.F. 25-V-11
-      Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
D.O.F. 30-V-11
-      Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
D.O.F. 24-X-11
-      Ley Federal de Archivos.
D.O.F. 23-I-12
-      Ley General de Protección Civil.
D.O.F. 6-VI-12
-      Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.
D.O.F. 11-VI-12
-      Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
D.O.F. 24-I-12
-      Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
D.O.F. 14-VI-12
-      Ley General de Víctimas.
D.O.F. 9-I-13
TERCERO. En la sección II Marco Jurídico, se adicionan en la parte correspondiente a Reglamentos, los siguientes, para quedar como sigue:
-      Reglamento de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
 
D.O.F. 11-III-08
-      Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
D.O.F. 27-II-09
-      Reglamento de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
D.O.F. 22-VIII-12
-      Reglamento de la Ley de Migración.
D.O.F. 28-IX-12
CUARTO. En la sección II Marco Jurídico, se modifica la parte correspondiente a Acuerdos, Lineamientos y Manuales, para quedar como sigue:
-      Acuerdo 01/2000 del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por el que se establecen las funciones de las Visitadurías Generales de la Comisión.
D.O.F. 19-I-00
-      Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por el que se aprueba el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
D.O.F. 29-IV-03
-      Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por el que se aprueba el Estatuto del Servicio Civil de Carrera de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
D.O.F. 22-VII-03
-      Acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por el que delega facultades a los visitadores generales, secretarios ejecutivo y técnico del Consejo Consultivo, a los titulares de las unidades administrativas de apoyo, para nombrar y remover libremente al personal de confianza de su adscripción.
D.O.F. 23-VIII-04
-      Acuerdo del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por el que se aprueba el Reglamento sobre el Premio Nacional de Derechos Humanos.
D.O.F. 10-IX-04
-      Acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el que crea la Quinta Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
D.O.F. 03-I-05
-      Acuerdo del Consejo Consultivo por el que se aprueba readscribir el Programa sobre Asuntos de la Mujer, la Niñez y la Familia, el Programa Especial sobre Presuntos Desaparecidos y el Programa de Atención a Víctimas del Delito, para quedar adscritos a la Primera Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y el Programa de Atención a Migrantes, adscrito a la Primera Visitaduría General, así como el Programa de Agravio a Periodistas y Defensores Civiles, adscrito a la Cuarta Visitaduría General, una vez creada la Quinta Visitaduría General pasarán a ésta.
D.O.F. 03-I-05
-      Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
D.O.F. 25-V-09
-      Acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el cual se dan a conocer las especificidades en la aplicación de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en esta Comisión Nacional, y por el que se modifican las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que han sido sometidas a su consideración.
D.O.F. 15-X-09
-      Acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el cual se modifican las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios para la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
D.O.F. 28-XII-10
-      Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
D.O.F. 28-XII-10
-      Acuerdo por el que se adopta en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
D.O.F. 31-III-11
-      Acuerdo por el que se realiza la apertura de las partidas específicas 33904, 39911 y 39912 y se modifica la partida específica 44102 del Clasificador por Objeto del Gasto.
D.O.F. 23-XII-11
-      Acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el cual se reforman y adicionan las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que han sido sometidas a su consideración.
D.O.F. 15-II-12
-      Acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el cual se reforman las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que han sido sometidas a su consideración.
D.O.F. 18-VII-12
-      Acuerdo por el que se realiza la apertura de la partida específica 44201 del Clasificador por Objeto del Gasto.
D.O.F. 27-IX-12
-      Manual de Políticas y Procedimientos para Seguridad y Protección.
20-III-07 y sus modificaciones.
-      Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento al Empleado del Mes.
07-VIII-07
-      Lineamientos para Autorizar la Renivelación y Creación de Plazas y Puestos en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
01-X-07
-      Manual de Políticas y Procedimientos para la Guarda, Custodia, Conservación y Baja del Archivo Contable de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
20-I-09
-      Lineamientos para la Contratación de Servicios Profesionales don cargo a la Partida 12101 "Honorarios del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
28-IV-09 y sus modificaciones.
-      Manual de Políticas y Procedimientos para la Adquisición de Bienes y Contratación de Arrendamientos y Servicios.
25-VIII-09
-      Lineamientos que Establecen los Criterios Específicos para la Organización y Conservación de los Archivos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
01-IX-09
-      Lineamientos Específicos para la Elaboración de las Actas de Entrega-Recepción de Cargos de los Servidores Públicos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
08-IX-09
-      Manual de Políticas y Procedimientos de los Archivos Administrativos de las Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
22-IX-09
-      Lineamientos para la Liberación de Adeudos y de Resguardos de Bienes.
25-V-10
-      Lineamientos para el Pago de Gastos de Viaje y de Traslado de Menaje de Casa por Cambio de Residencia.
 
1-VI-10 y sus modificaciones.
-      Manual de Políticas y Procedimientos para Vehículos y Estacionamientos.
15-III-11 y sus modificaciones y adiciones.
-      Lineamientos para el Otorgamiento de Incentivos a los Servidores Públicos de Enlace.
31-V-11
-      Marco Normativo para el Establecimiento del Sistema de Evaluación del Desempeño de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
31-V-11
-      Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración, Control, Baja y Destino Final de Bienes Muebles.
14-VI-11
-      Lineamientos Generales para la Administración de Recursos.
5-VII-11
-      Manual de Políticas y Procedimientos para el Reclutamiento y Selección de Personal.
15-XI-11
-      Lineamientos Específicos para la Operación Administrativa de la Oficinas Foráneas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
13-XII-11
-      Manual de Políticas y Procedimientos para la Adquisición, Administración, Control, Mantenimiento, Arrendamiento y Enajenación de Bienes Inmuebles.
24-I-12
-      Lineamientos Generales de Capacitación.
15-V-12
-      Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de la Nómina y del Presupuesto del Capítulo 1000.
3-VII-12
-      Lineamientos Generales en Materia Presupuestaria de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
D.O.F. 18-VII-12
-      Manual de Contabilidad.
13-XI-12
-      Manual de Políticas y Procedimientos en Materia Financiera.
13-XI-12
-      Lineamientos para el Otorgamiento de Estímulos a la Productividad y Eficiencia en el Desempeño de los Servidores Públicos de Mando de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
-      Lineamientos en Materia de Austeridad para el Ejercicio Fiscal correspondiente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
-      Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
QUINTO. En la sección III. Atribuciones, se modifica el texto para quedar como sigue:
De conformidad con el artículo 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Nacional tiene las siguientes atribuciones:
I.     Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos;
II.     Conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos en los siguientes casos:
 
a)   Por actos u omisiones de autoridades administrativas de carácter federal;
b)   Cuando los particulares o algún otro agente social cometan ilícitos con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad, o bien cuando estos últimos se nieguen infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos, particularmente en tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas;
III.    Formular recomendaciones públicas no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, en los términos establecidos por el artículo 102, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
IV.   Conocer y decidir en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de las Entidades Federativas a que se refiere el citado artículo 102, apartado B, de la Constitución Política;
V.    Conocer y decidir en última instancia las inconformidades por omisiones en que incurran los organismos de derechos humanos a que se refiere la fracción anterior, y por insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales, en los términos señalados por esta ley;
VI.   Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita;
VII.   Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;
VIII.  Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos;
IX.   Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional;
X.    Expedir su Reglamento Interno;
XI.   Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;
XII.   Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario y de readaptación social del país;
XIII.  Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de derechos humanos;
XIV. Proponer al Ejecutivo Federal, en los términos de la legislación aplicable, la suscripción de convenios o acuerdos internacionales en materia de derechos humanos;
XIV. Bis. La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres;
XV.  Investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el Gobernador de un Estado, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas, y
XVI. Las demás que le otorgue la presente Ley y otros ordenamientos legales.
SEXTO. En la sección IV. Organigrama y Estructura Orgánica, se modifican los numerales 1. Organigrama de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y 2. Estructura Orgánica, para quedar como sigue:
 
2. ESTRUCTURA ORGANICA
CLAVE
UNIDAD ORGANICA
1.0.
PRESIDENCIA
1.1.
CONSEJO CONSULTIVO
1.2.
PRIMERA VISITADURIA GENERAL
1.3.
SEGUNDA VISITADURIA GENERAL
1.4.
TERCERA VISITADURIA GENERAL
1.5.
CUARTA VISITADURIA GENERAL
1.6.
QUINTA VISITADURIA GENERAL
1.7.
SEXTA VISITADURIA GENERAL
1.8.
SECRETARIA EJECUTIVA
1.9.
SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO CONSULTIVO
1.10.
OFICIALIA MAYOR
1.11.
COORDINACION GENERAL DE COMUNICACION Y PROYECTOS
1.12.
DIRECCION GENERAL DE QUEJAS Y ORIENTACION
1.13.
DIRECCION GENERAL DE PLANEACION Y ANALISIS
1.14.
DIRECCION GENERAL DE INFORMACION AUTOMATIZADA
1.15.
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
1.16.
CENTRO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
1.17.
DIRECCION GENERAL DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES
1.18.
SECRETARIA PARTICULAR DE LA PRESIDENCIA
1.19.
ORGANO INTERNO DE CONTROL
 
SEPTIMO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, en el apartado correspondiente a la Primera Visitaduría General, se modifican el Objetivo y la décima tercera función, se adiciona la décima séptima y se recorren en su orden las demás, para quedar como sigue:
OBJETIVO:
Conocer sobre quejas, recursos de queja e impugnaciones por presuntas violaciones a Derechos Humanos de cualquier naturaleza jurídica, principalmente de grupos vulnerables como son los niños y las personas con discapacidad, así como la atención a las víctimas de los delitos y asuntos de presuntosdesaparecidos, a fin de proporcionar la defensa necesaria y el respeto a los Derechos Humanos.
FUNCIONES:
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      Coordinar el Programa de Asuntos de la Niñez y la Familia;
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      Coordinar los asuntos de atención a la discapacidad;
 
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
OCTAVO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, en el apartado correspondiente a la Cuarta Visitaduría General, se adiciona la undécima función y se recorren en su orden las demás, para quedar como sigue:
FUNCIONES:
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      Coordinar las actividades del Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres;
-      (...)
-      (...)
NOVENO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, en el apartado correspondiente a la Quinta Visitaduría General, se adiciona la décima tercera función y se recorren en su orden las demás, para quedar como sigue:
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      Coordinar el Programa contra la Trata de Personas;
-      (...)
-      (...)
DECIMO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, se adiciona el apartado correspondiente a la Sexta Visitaduría General, para quedar como sigue:
SEXTA VISITADURIA GENERAL
OBJETIVO:
Conocer, investigar y concluir quejas, recursos de queja e impugnación por presuntas violaciones a Derechos Humanos, así como aquellas que le sean encomendadas, derivado de violaciones graves, a fin de proporcionar la defensa, protección y respeto de los Derechos Humanos.
FUNCIONES:
 
-      Recibir, admitir o declinar quejas e inconformidades presentadas por los quejosos, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión Nacional;
-      Suscribir las cédulas de calificación y los acuerdos de conclusión de los expedientes de queja;
-      Iniciar a petición de parte, la investigación de las quejas e inconformidades que le sean turnadas, o de oficio, por acuerdo del Presidente de la Comisión Nacional aquéllas sobre denuncias de violación a los Derechos Humanos que aparezcan en los medios de comunicación;
-      Requerir a las autoridades competentes para que adopten medidas precautorias o cautelares sin sujeción a mayores formalidades, ante las noticias de la violación reclamada, cuando ésta se considere grave y sin necesidad de que estén comprobados los hechos u omisiones aducidos, constituyendo razón suficiente el que, de ser éstos ciertos, resulte difícil o imposible la reparación del daño causado o la restitución al agraviado en el goce de sus Derechos Humanos;
-      Implementar las medidas y/o mecanismos necesarios para la atención, recepción y tramitación de quejas y realizar la investigación para la resolución de los asuntos de su competencia;
-      Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de Derechos Humanos que por su propia naturaleza así lo permitan, salvo casos de violaciones graves o de lesa humanidad;
-      Planear y programar las actividades de las brigadas con las autoridades correspondientes, a fin de solucionar las quejas mediante el procedimiento de la conciliación;
-      Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendación o acuerdo, que se someterán a consideración del Presidente de la Comisión Nacional;
-      Emitir la calificación definitiva sobre la reserva de información o documentación que las autoridades o servidores públicos a quienes se haya solicitado estimen con carácter reservado la que, en caso de proporcionarse, deberá ser manejada bajo la más estricta confidencialidad;
-      Interponer denuncias penales, realizar las diligencias necesarias cuando ello fuere necesario, en virtud del acuerdo o de la delegación de facultades del Presidente de la Comisión Nacional;
-      Atender quejas por violaciones graves a derechos humanos que le sean encomendadas y dar seguimiento a las recomendaciones que de ellas deriven;
-      Colaborar, a solicitud de otras áreas de la Comisión Nacional, en la promoción y difusión de los Derechos Humanos;
-      Ejercer la representación legal y cubrir las funciones legales del Presidente del Organismo durante sus ausencias, en términos del artículo 20 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; y
-      Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el Presidente de la Comisión Nacional dentro de su respectivo ámbito de competencia.
UNDECIMO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, en la sección correspondiente a la Secretaría Ejecutiva, se adiciona la undécima función y se recorre en su orden la undécima, para quedar como sigue:
FUNCIONES:
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      (...)
-      Coordinar los estudios y análisis que en materia de derechos humanos realicen los asesores en apoyo a las Unidades Responsables de la Comisión Nacional, y
-      (...)
DUODECIMO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, se adiciona el apartado correspondiente a la Dirección General de Seguimiento de Recomendaciones, recorriéndose en su orden la Secretaría Particular, para quedar como sigue:
DIRECCION GENERAL DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES
OBJETIVO:
Definir las líneas de acción para cumplir con los objetivos del área, así como coordinar los procedimientos de análisis y evaluación del seguimiento de recomendaciones para diseñar los mecanismos de mejora continua para impulsar el cumplimiento cabal de las recomendaciones, así como coordinar los procedimientos de transparencia, acceso a la información pública y de rendición de cuentas contempladas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional previstas para la Unidad de Enlace.
FUNCIONES:
-      Coordinar el sistema de análisis y evaluación del seguimiento de las recomendaciones que emita la Comisión Nacional;
-      Llevar a cabo una retroalimentación a las Visitadurías Generales, derivada del análisis y evaluación del seguimiento de recomendaciones;
-      Coordinar el mecanismo de mejora continua del seguimiento de recomendaciones (medidas correctivas);
-      Validar la información cuantitativa y cualitativa derivada del seguimiento de las recomendaciones;
-      Digitalizar y resguardar los expedientes e información generada por el análisis, evaluación e impulso del seguimiento de recomendaciones;
-      Fungir como Unidad de Enlace en los términos la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
-      Coordinar el mecanismo de atención de las solicitudes de acceso a la información y de corrección de datos;
-      Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información y de corrección de datos personales, a que se refiere la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y en términos de lo que establezca el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de laComisión Nacional de los Derechos Humanos;
-      Fungir como vínculo entre la Comisión Nacional y el solicitante de información pública o de protección, acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;
-      Firmar los oficios por los que se notifique al solicitante la respuesta recaída a su solicitud ya sea emitida por la Unidad de Enlace, por la Unidad Responsable o por el Organo Revisor;
-      Fungir como miembro titular del Comité de Información y realizar las funciones derivadas del mismo;
-      Digitalizar y resguardar los expedientes e información generada por la tramitación de solicitudes de acceso a la información y de corrección de datos personales, y
-      Las demás que en el ámbito de su competencia le encomiende expresamente el Presidente de la Comisión Nacional, así como las disposiciones legales y normativas.
DECIMO TERCERO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, se elimina el apartado correspondiente a la Secretaría Técnica de la Presidencia y se recorre en su orden el apartado correspondiente al Organo Interno de Control.
DECIMO CUARTO. En la sección VI. Objetivos y Funciones de los Organos y Unidades Administrativas, en el apartado correspondiente al Organo Interno de Controlse modifican las funciones novena, décima, undécima, duodécima, décima tercera y vigésima tercera para quedar como sigue:
FUNCIONES:
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-      Recibir y atender las quejas y denuncias administrativas presentadas en contra de servidores públicos de la Comisión Nacional y practicar las investigaciones que correspondan y, en su caso, determinar la existencia o no de elementos suficientes y pertinentes para incoar los procedimientosadministrativos disciplinarios que correspondan;
-      Sustanciar los procedimientos administrativos previstos en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las demásdisposiciones legales aplicables;
-      Emitir las resoluciones que correspondan a los procedimientos administrativos instaurados, fincar las responsabilidades administrativas y, en su caso, aplicar las sanciones administrativas que correspondan conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las demás disposiciones aplicables;
-      Recibir y tramitar las inconformidades que hagan valer los interesados, en contra de actos en los procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y de obra pública que realice la Comisión; así como recibir y sustanciar las denuncias por infracciones en que incurran laspersonas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que participen o hayan participado en contrataciones públicas de este organismo, y que pudieran contravenir las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados con las Mismas, la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, el Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y las demás disposiciones legales aplicables;
-      Denunciar ante el Ministerio Público Federal, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Comisión, los hechos que sean de su conocimiento y que impliquen responsabilidad penal cometidos en los procedimientos de responsabilidad administrativa o en los de contratación deadquisiciones, arrendamientos y servicios, o en los de obra pública;
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-      Atender las solicitudes de información y documentación que en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos soliciten losparticulares al Organo Interno de Control, así como participar en el Comité de Información de la Comisión Nacional;
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-      (...)
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
UNICA.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó y firma el día 15 de enero de 2013, el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos HumanosRaúl Plascencia Villanueva.- Rúbrica.

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