No. 068/2016
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Ciudad de México, a 20 de abril de 2016
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PRIMERA SALA AMPARA A ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO PARA QUE SE LE GARANTICE LA EDUCACIÓN SUPERIOR GRATUITA
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En sesión de 20 de abril de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, a propuesta de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, el amparo en revisión 750/2015, cuyo tema tiene que ver con el derecho a la educación superior gratuita.
En el caso, una estudiante de la Facultad de Biología de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, impugnó la constitucionalidad del Acuerdo del Consejo Universitario a través del cual determinó que a partir del ciclo escolar de dos mil catorce, los alumnos que cursarán la educación media superior y superior deberían cubrir las cuotas de inscripción o reinscripción correspondientes en sus respectivas escuelas y facultades. La estudiante de dicha facultad promovió amparo en contra del Acuerdo antes descrito, por estimar que violenta en su perjuicio el derecho humano a la educación y el principio de progresividad, puesto que el artículo 138 de la Constitución del Estado de Michoacán establece que la educación superior que imparta el Estado de Michoacán será gratuita, y el artículo 1 de la Constitución Federal contiene el deber de respetar los derechos humanos de conformidad, entre otros, con el principio de progresividad. |
lunes, 23 de mayo de 2016
PRIMERA SALA AMPARA A ESTUDIANTE PARA QUE SE LE GARANTICE LA EDUCACIÓN SUPERIOR GRATUITA
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