OBJETA IP NUEVA
LEY DE AMPARO
El sector empresarial
advirtió que si se aprueba una nueva Ley de Amparo en la que se elimine la
figura de suspensión judicial, no se podrá frenar lo que consideran abusos de
autoridad.
Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente del Consejo Coordinador
Empresarial (CCE), indicó que las fracciones XI y XIII del artículo 129 del
proyecto aprobado ayer por la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados,
dejan vulnerables a las compañías que prestan servicios financieros o públicos,
entre ellas las que explotan alguna concesión como televisión, telefonía y
aviación, entre otras.
A través de este artículo, dijo el presidente del CCE, se busca
evitar que se otorgue la suspensión en favor de los particulares que se
inconformen ante decisiones de la autoridad.
"La suspensión es una condición de acceso a la justicia
efectiva y es un acto protegido tanto por la Constitución como por los tratados
internacionales.
"La suspensión en el amparo ha sido siempre un elemento
fundamental que se ha tenido para evitar abusos de la autoridad. Ese es el
tema, que no se preste a discrecionalidad de una autoridad, es lo que se está
tratando de evitar", comentó.
Fortino Delgado, jurídico de la Confederación Patronal de la
República Mexicana (Coparmex), consideró que cualquier ciudadano tiene derecho
a solicitar la suspensión de un acto de autoridad cuando haya violación a las
garantías individuales, pero con esta iniciativa la suspensión procedería sólo
en ciertos casos.
"Si se limita la suspensión provisional a un sector
determinado, se está vulnerando el debido proceso de generalidad, pues la ley
es para todos.
"No puedes quitar derechos ya otorgados en la ley de amparo
de un momento a otro", comentó Delgado.
La redacción del artículo 129 considera que la suspensión puede
ser contraria al interés social si se impiden los procedimientos relativos a la
intervención, quiebra o liquidación de entidades financieras, y que se aplican
para proteger al público ahorrador o salvaguardar el sistema de pagos.
ATORAN DIPUTADOS
MINUTA DEL SENADO
Los grupos parlamentarios
en la Cámara de Diputados atoraron ayer el avance de la Ley de Amparo, debido a
las diferencias sobre la propuesta de que bancos y diversos tipos de
concesionarios, entre ellos los de telecomunicaciones, no puedan acceder a la
suspensión en los juicios que interpongan por actos de la autoridad.
En las negociaciones, las bancadas del PAN y partidos de izquierda
acordaron ayer una alianza para oponerse a la redacción de la fracción XIII del
artículo 129, en la que se niega la suspensión en el juicio de amparo cuando se
impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o exploración de
los bienes de dominio directo de la nación referidos en el artículo 27 de la
Constitución.
De acuerdo a diversos diputados consultados, tal medida no sólo
afecta en el ámbito de las telecomunicaciones, sino en diversos ramos
productivos, como son energía, petróleo, minas, transporte aeronáutico y
ferroviario, y aguas nacionales.
Además, habría una afectación directa para los ciudadanos que no
podrían obtener la suspensión en cualquier tipo de expropiación.
El PRI se mantiene en su posición de mantener la redacción en
dicha fracción XIII, con el argumento de que ya se incluye una redacción que
prevé que el juez podrá, a su juicio, otorgar la suspensión sino hay afectación
al interés social.
Dentro de las reservas presentadas, los legisladores del PAN
también piden la desaparición de la fracción XI el mismo artículo, que indica
que tampoco procedería la suspensión en el juicio de amparo para impedir o
interrumpir los procedimientos relativos a la intervención, revocación,
liquidación o quiebra de entidades financieras y demás actos que sean
impostergables, siempre en protección del público ahorrador para salvaguardar
el sistema de pagos o su estabilidad.
Los panistas piden que los casinos se incluyan en los
establecimientos que no podrían obtener la suspensión.
El PRD se opone a la redacción del artículo quinto donde se
definen las partes en el juicio de amparo y en el que se incluye a particulares
que tendrían la calidad de autoridad responsable, lo que califican como una
aberración jurídica.
Con información de Reforma.
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